Qué pasará tras el fin de la discriminación positiva en las universidades de EE.UU.

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Chicago.— Los campus universitarios estadounidenses pueden tener un aspecto y un ambiente algo diferentes para los alumnos que ingresen el próximo otoño de 2024. El pasado mes de junio, el Tribunal Supremo de Estados Unidos decidió desautorizar las prácticas de admisión basadas en la raza, también conocidas como “programas de discriminación positiva”.

Las preguntas que piden “marcar la casilla de la raza” han sido anuladas para garantizar que las oficinas de admisiones no puedan dar un espaldarazo a grupos históricamente desfavorecidos basándose “principalmente” en este criterio. En un país con una desgarradora historia de esclavitud y continuas injusticias raciales, muchos ciudadanos se preguntan qué significará en la práctica esta decisión para el proceso de admisión a las universidades.

El uso de preguntas basadas en la raza dio a las escuelas de élite una forma tangible de reparar injusticias históricas contra grupos minoritarios al permitirles beneficiarse de una fuerte preferencia en su proceso de solicitud. Esta práctica se considera ahora totalmente ilegal. No sólo eso, sino que las oficinas de admisiones serán objeto de una estrecha vigilancia para garantizar que tampoco se utilizan “procedimientos indirectos” para favorecer a estudiantes en función de su raza. Todas las instituciones públicas, y también las privadas que reciben financiación federal, están obligadas al estricto cumplimiento de esta decisión.

Dónde empezó

¿En qué se basa el drástico veredicto de eliminar las cuestiones raciales de las admisiones universitarias? En realidad, la idea de que la raza de una persona permita lesionar la igualdad de todos ante la ley siempre ha sido inconstitucional. En la decisión del Tribunal Supremo publicada en junio de 2023, la lógica es meridianamente clara: las distinciones entre ciudadanos basadas principalmente en factores ajenos a su control van en contra del principio mismo de igualdad.

La olla contra la discriminación positiva empezó a hervir a fuego lento allá por 2014. Un grupo llamado Estudiantes por una Admisión Justa presentó demandas contra la Universidad de Harvard y la Universidad de Carolina del Norte en Chapel Hill. Los estudiantes alegaron que las prácticas que estas instituciones llevaban a cabo para cumplir las cuotas de diversidad penalizaban injustamente a los estudiantes asiático-americanos y blancos, y violaban la Cláusula de Igual Protección de la 14ª Enmienda de la Constitución.

En aquel momento, Harvard y la Universidad de Carolina del Norte argumentaron que, al utilizar la raza en sus decisiones de admisión, estaban ejerciendo su derecho constitucional y moral a cumplir sus objetivos de diversidad.

En la práctica, el fin legal de la discriminación positiva no supondrá el fin de todas las iniciativas de diversidad, equidad e inclusión en los procesos de admisión a las universidades

Pero la sentencia del Tribunal Supremo señaló que esta Cláusula no permite ninguna distinción de derecho basada en la raza. En última instancia, el Tribunal estableció que, entre los muchos factores que intervienen en las decisiones de admisión, el uso de clasificaciones raciales “debe cumplir un escrutinio estricto, nunca puede utilizar la raza como un estereotipo o algo negativo, y debe –en algún momento– terminar”.

Defender la diversidad educativa

La práctica original de los programas de discriminación positiva se justificaba legalmente por el imperioso objetivo de la diversidad educativa. Aunque loable, este objetivo es a menudo más teórico que práctico.

Entre otros, los intereses de la diversidad educativa se resumen a menudo en “formar futuros líderes, adquirir nuevos conocimientos basados en perspectivas diversas, promover un mercado de ideas sólido y preparar ciudadanos comprometidos y productivos”. Dado que estos objetivos no pueden someterse suficientemente a un examen judicial significativo mediante resultados mensurables, no pueden justificarse como base para las prácticas de admisión.

En la práctica, el fin legal de la discriminación positiva no supondrá el fin de todas las iniciativas de diversidad, equidad e inclusión en los procesos de admisión a las universidades, ni en otros ámbitos como la empresa y la cultura. Los responsables de las admisiones que quieran mantener este enfoque se verán empujados a “rastrear”, en las cartas de recomendación o en las entrevistas personales a los candidatos, los datos (experiencias vitales, historial académico, etc.) que puedan revelar la pertenencia de estos a una raza en particular.

Para quienes consideran inconstitucional la discriminación positiva, utilizar la raza como factor preferente resta importancia a las cualidades individuales inherentes a los méritos de un alumno

No obstante, tras la sentencia del Tribunal Supremo, tendrán que esforzarse en hacer ver que el objetivo de sus averiguaciones es comprender el contexto global del solicitante y cómo esas experiencias vitales han moldeado su personalidad, y no el hecho de que pertenezca a un grupo étnico.

La diversidad es valiosa; la individualidad, también

Al margen de la decisión jurídica, el debate de fondo permanece: ¿Por qué es inconstitucional utilizar la raza como factor determinante en las admisiones? ¿Qué importancia debe darse al objetivo de lograr un alumnado racialmente diverso en la enseñanza superior?

Las respuestas apuntan a los valores centrales que definen el tejido social que conforma el cuerpo político estadounidense.

Para quienes consideran inconstitucional la discriminación positiva, utilizar la raza como factor preferente resta importancia a las cualidades individuales inherentes a los méritos de un alumno. Además, al hacerlo, fácilmente se corre el riesgo de caer en estereotipos ilegítimos, tanto sobre los “privilegiados” como sobre los “perjudicados”. En cualquier caso, escoger a los alumnos para cubrir una cuota racial supone hacer un uso partidista de este rasgo y no garantiza sin ambigüedades la igualdad de protección ante la ley. Es una pendiente peligrosa y resbaladiza, que ha causado a Estados Unidos bastantes conflictos.

En palabras del Juez Clarence Thomas, “la Constitución aborrece las clasificaciones basadas en la raza, no sólo porque esas clasificaciones pueden perjudicar a las razas favorecidas o se basan en motivos ilegítimos, sino también porque cada vez que el gobierno inscribe a los ciudadanos en registros raciales y hace que la raza sea relevante para la provisión de cargas o beneficios, nos degrada a todos”.

Pocos discuten los efectos positivos que tiene la diversidad racial en la educación, e incluso en la sociedad en su conjunto: los alumnos aprenden mejor cuando se juntan con estudiantes de otros orígenes; adquieren nuevas habilidades y conocimientos no sólo prácticos, sino también sociales y emocionales; una cantera diversa de titulados universitarios garantiza una mano de obra diversa.

No obstante, los peligros de utilizar enfoques basados en la raza en las admisiones suponen un reto demasiado grande para la sociedad estadounidense. Ahora que la discriminación positiva ha perdido su respaldo legal, las universidades harán más hincapié en los méritos de cada estudiante. Esto puede dar lugar a diferencias tangibles de cuotas y porcentajes, pero permite conceder más prioridad a la individualidad, que es la esencia del principio de igualdad de protección ante la ley.

 

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