Silvia Meseguer Velasco

El asunto, devuelto a la justicia española, afectaría a los colegios de la Iglesia en unos casos muy particulares.
La objeción de conciencia constituye un derecho fundamental y, según Albert, debe ser objeto de una especial protección.
Un completo estudio del lugar que ocupa el factor religioso en el derecho primario de la Unión Europea.

Contenido exclusivo para suscriptores de Aceprensa

Estás intentando acceder a una funcionalidad premium.

Si ya eres suscriptor conéctate a tu cuenta. Si aún no lo eres, disfruta de esta y otras ventajas suscribiéndote a Aceprensa.