El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su reciente sentencia del 27 de junio, responde a la cuestión prejudicial planteada por un órgano jurisdiccional español sobre la exención fiscal del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) reconocida a la Iglesia católica en España y su compatibilidad con el Derecho comunitario. Se trataba de dilucidar si la exención sobre este impuesto es aplicable a los colegios concertados pertenecientes a la Iglesia católica en aquellas actividades de enseñanza
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