En mayo pasado, el Tribunal Constitucional polaco declaró inconstitucional una ley de 1996 que ampliaba las posibilidades de abortar a los casos en que la madre tuviese “dificultades materiales o personales” de cualquier tipo.
Los diputados tenían hasta seis meses para revocar esa sentencia con una mayoría de dos tercios en el Parlamento. Pero el nuevo Parlamento (el de las elecciones que se celebraron en septiembre) no ha reunido la mayoría contraria, sino que ha apoyado la sentencia de inconstitucionalidad con 231 votos a favor, 160 en contra y 11 abstenciones. Por tanto, el 18 de diciembre entró en vigor la sentencia del Tribunal y en Polonia vuelve a estar vigente la ley de 1993 que permite el aborto en los casos de peligro para la salud de la madre, daños irreparables en el feto, o en el caso de violación o incesto (ver servicio 83/97).