España: ¿Un Estado laico?

Andrés Ollero

GÉNERO

Civitas. Madrid (2005). 212 págs. 21 €.

En «España: ¿un Estado laico?», Ollero trata de dar respuesta a los principales problemas que plantea la libertad religiosa en España: enseñanza de la religión en la escuela pública, organización o participación de instituciones en ceremonias religiosas, financiación de las confesiones, etc. Para ello se sirve de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional suscitada a lo largo de cinco lustros y, sobre todo, de su rico contexto doctrinal.

Ollero desafía la postura de quienes quieren imponer -por la vía de hecho- un «laicismo de Estado» contrario a la Constitución. «Propugnar el laicismo es sin duda legítimo; tan legítimo, por lo menos, como proponerse cambiar la Constitución. Lo que no lo sería tanto es imponer, de uno u otro modo, tal propósito sin molestarse en conseguir que dicho cambio llegara a producirse».

¿Es o no es España un Estado laico? La pregunta, dice Ollero, no tiene una respuesta fácil. Si por laico entendemos -como quieren los laicistas- una estricta separación entre los poderes públicos y cualquier manifestación del hecho religioso, hay que concluir que España no es un Estado laico. La Constitución excluye claramente este planteamiento y, por el contrario, ordena al Estado mantener «relaciones de cooperación» con las diversas confesiones y «tener en cuenta» las creencias religiosas de la sociedad española.

Pero si laico se entiende con arreglo al concepto de «laicidad positiva» que maneja el Tribunal Constitucional (laicidad como equivalente de aconfesionalidad), entonces sí, España es un Estado laico. Aunque este concepto de laicidad no da derecho a reivindicaciones laicistas, a Ollero le parece un concepto insuficiente. En su opinión, la verdadera laicidad positiva debe poner el acento en la libertad religiosa, no en el problema institucional (relaciones entre Estado y confesiones).

Por eso, frente al concepto de «laicidad positiva» o «por defecto» del Tribunal Constitucional, él propone el de «laicidad por atención», «ya que el Estado que la Constitución española configura es laico en la medida en que tiene en cuenta las creencias religiosas de los ciudadanos y, como derivada consecuencia, coopera con sus confesionales expresiones colectivas».

Juan Meseguer Velasco

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