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El matrimonio gay divide a los tribunales y a los votantes

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La cuestión del reconocimiento como matrimonio de las uniones entre personas del mismo sexo sigue dando lugar en el mundo occidental a sentencias contradictorias en los tribunales constitucionales, a resultados de distinto signo en los referendos planteados y a decisiones a favor o en contra en votaciones parlamentarias.

(Actualizado el 8-11-2012)

En lo que va de siglo, el matrimonio gay ha sido aprobado en 11 países: Holanda (2001), Bélgica (2003); España y Canadá (2005); Sudáfrica (2006); Noruega y Suecia (2009); Portugal, Islandia y Argentina (2010); Dinamarca (2012).

En México las bodas gay han sido aprobadas solo en el Distrito Federal, por votación de su asamblea legislativa, y se han admitido en el estado de Quintana Roo aprovechando un vacío legal. En Uruguay el partido gobernante tiene previsto legalizarlas. En los demás Estados latinoamericanos no se admiten.

En EE.UU., 41 estados prohíben el matrimonio gay, y ocho estados y el Distrito de Columbia lo han legalizado

La polémica en Estados Unidos
En Estados Unidos el matrimonio entre personas del mismo sexo es reconocido en seis jurisdicciones: los estados de Massachusetts, Connecticut, Iowa, Vermont, Nuevo Hampshire y Nueva York, y el Distrito de Columbia. En California fue legal durante unos meses en 2008, pero fue anulado en un referéndum por una mayoría del 52%, decisión que luego ha sido combatida en los tribunales. Hasta ahora, en todos los casos la legalización se había alcanzado por sentencias judiciales y por vía legislativa, pero no a través de referendos. Cuando se sometía a votación popular, perdía.

Esta tendencia ha empezado a cambiar con los referendos planteados sobre este tema con ocasión de las recientes elecciones presidenciales, en las que el matrimonio gay ha sido aprobado por los electores de los estados de Maine y Maryland, con mayorías muy ajustadas (51-53%). El resultado en el estado de Washington todavía no es definitivo. En Minnesota se ha rechazado la propuesta de cambiar la Constitución del Estado para definir el matrimonio como la unión de hombre y mujer.

Otros 12 estados prohíben por ley el matrimonio entre personas del mismo sexo y otros 29 por precepto constitucional. Se espera que al final la cuestión sea dilucidada por el Tribunal Supremo.

Ante los tribunales constitucionales
El tema del matrimonio gay ha provocado ya pronunciamientos de los tribunales constitucionales de algunos países europeos, con distintos resultados.

El Tribunal Constitucional español acaba de rechazar un recurso contra la ley aprobada por el gobierno socialista de Rodríguez Zapatero en 2005, con lo cual el gobierno de Mariano Rajoy ha anunciado que la mantendrá.

En abril de 2010, el Tribunal Constitucional italiano rechazó que no admitir el matrimonio entre personas del mismo sexo vulnere derechos reconocidos en la Constitución. El Tribunal mantiene que el matrimonio es una institución jurídica prevista exclusivamente para unir a un hombre con una mujer. No hay discriminación de los homosexuales, porque sus uniones y el matrimonio no son realidades homogéneas. Así que no cabe invocar el principio de igualdad, sancionado en la Constitución.

La cuestión de las bodas gay llegó también al Consejo Constitucional francés, que en enero de 2011 abordó el caso de dos mujeres que querían contraer matrimonio y dar mayor seguridad jurídica a los hijos que crían.

En Europa, los tribunales constitucionales han sentenciado de distinta manera sobre el matrimonio gay: a favor el de España y en contra los de Francia e Italia

El Consejo declaró que el legislador puede optar por no reconocer el matrimonio gay, porque no lo exige la Constitución. Los jueces pasaron la responsabilidad a los políticos al decir que “el principio de igualdad no se opone a que el legislador regule de manera diferente situaciones diferentes, ni que introduzca una excepción a la igualdad por razones de interés general”. En concreto, “al mantener el principio de que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, el legislador, en el ejercicio de su competencia, estimó que la distinta situación de las parejas del mismo sexo y de las compuestas por un hombre y una mujer pueden justificar una diferencia de trato dentro del derecho de familia”.

Ahora, el gobierno socialista francés ha aprobado la propuesta de un cambio legal que permitiría el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción, como figuraba en el programa electoral del presidente François Hollande. El Parlamento lo debatirá a partir de enero.

La legislación internacional no lo exige
En este tema no hay ninguna legislación internacional que obligue a un Estado a reconocer como matrimonio las uniones homosexuales. Así lo puso de manifiesto un pronunciamiento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en junio de 2010, que respaldó la decisión de Austria de negarse a casar a dos homosexuales, los cuales alegaban una discriminación por razón de su orientación sexual. La negativa al matrimonio había sido respaldada por el Tribunal Constitucional austriaco.

El Tribunal se limitó a analizar si el Convenio Europeo de Derechos Humanos obligaba a reconocer el matrimonio gay. Los siete jueces del Tribunal dijeron por unanimidad que el Convenio no obligaba a ningún Estado firmante a reconocer el derecho a casarse a los homosexuales. Esta decisión corresponderá tomarla, en su caso, a cada Estado.

Otra sentencia del mismo Tribunal estableció en marzo de 2012 que una lesbiana no tiene derecho a adoptar a la hija de su pareja. La decisión judicial respondía a una causa seguida contra Francia por dos mujeres, una de las cuales demandó la adopción simple de una hija de la segunda.

Las demandantes consideraban que se había violado su derecho a la vida privada y familiar sin discriminaciones. Pero el Tribunal concluye que, al no estar casadas, no pueden invocar los derechos que el Código Civil concede a los esposos en caso de adopción simple. En concreto, transferir la patria potestad de una a otra iría en contra de los derechos del hijo.

Por otra parte, la Corte de Estrasburgo recuerda que la Convención no impone a los Estados miembros la obligación de abrir el matrimonio a las parejas homosexuales, y que cuando establecen otro tipo de reconocimiento jurídico, tienen un margen de apreciación respecto de la naturaleza del estatuto que le confieren.

Divisiones en los parlamentos
En Eslovenia en marzo pasado se sometió a referéndum un nuevo Código de Familia que habría supuesto el reconocimiento del matrimonio gay, y fue rechazado con una mayoría del 55% de los votos. El nuevo Código de Familia hubiera permitido casarse a las parejas homosexuales y acceder a los derechos a que da acceso el matrimonio, con la salvedad de la adopción. La participación fue del 26% de la población.

En Australia, dos intentos de legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo han fracasado en el Parlamento federal en los últimos días de septiembre. Un proyecto presentado por un diputado laborista fue derrotado por 98 votos contra 42 en la Cámara de Representantes. Otro proyecto semejante, propuesto por tres parlamentarios laboristas en el Senado, fue derrotado por 41 votos contra 26. Pero la batalla legal continúa.

En el Reino Unido, el gobierno conservador de David Cameron ha decidido plantear en el Parlamento el reconocimiento del matrimonio gay, dando libertad de voto a sus diputados. Las parejas del mismo sexo ya tienen –desde que entró en vigor en 2004 la Civil Partnership Act– los mismos derechos a que da acceso el matrimonio.

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