Costa Rica declara inconstitucional el «matrimonio» homosexual

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La sala constitucional de la Corte Suprema costarricense ha rechazado un recurso, presentado en 2003 por un abogado, que consideraba discriminatoria «la limitación para que personas del mismo sexo se casen». Los magistrados basan la negativa en que «el concepto de matrimonio que recoge la Constitución Política proviene históricamente de un contexto donde se entiende que es entre hombre y mujer».

El recurso impugnaba el artículo del Código de Familia que excluye el matrimonio entre personas del mismo sexo. La sentencia declara que eso no es contrario a la igualdad porque las parejas de hombre y mujer y las homosexuales no se encuentran en la misma situación. Así, la ley no prohíbe la convivencia a las parejas homosexuales, sino que establece que no les es aplicable la figura del matrimonio. Si se ha de regular de algún modo esas parejas, corresponde hacerlo al Parlamento, dicen los magistrados.

El presidente de la sala ha remarcado que la resolución obedece no a «criterios religiosos, sino de cultura jurídica».

Por otro lado, la Santa Sede ha pedido por medio de su delegación en la ONU que no se otorgue estatuto consultivo a la Asociación Internacional de Gays y Lesbianas (ILGA) en el Consejo Económico y Social (ECOSOC). La ILGA tuvo ese reconocimiento hace años, pero lo perdió en 1993, cuando varios Estados miembros la denunciaron por su vinculación a varios grupos paidófilos. La Santa Sede, por su parte, participa en la ONU como observador permanente. El ECOSOC es uno de los organismos principales de la ONU.

Mons. Ruben Dimaculangan, portavoz de la delegación vaticana, explicó en su intervención los motivos por los que desaconseja atender la solicitud de la ILGA. Las reivindicaciones de la ILGA, dijo, se cifran en la igualdad con los heterosexuales en cuanto a edad de consentimiento y otros asuntos relativos a la orientación sexual, invocando los derechos humanos. Pero «la orientación sexual no es comparable a la raza o el origen étnico», de modo que en realidad «los intereses particulares de esta ONG caen fuera del ámbito de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los instrumentos jurídicos internacionales».

O sea, «lo que la ILGA y sus partidarios proponen no es igualdad de derechos sino derechos especiales», con objeto de facilitar la «supresión de distinciones morales respecto a opciones y conductas que son de vital importancia para la comunidad internacional». Así, «poner el estilo de vida homosexual al nivel del matrimonio tendría un impacto directo en el reconocimiento social de la naturaleza y los derechos de la familia».

Mons. Dimaculangan recordó que la Santa Sede distingue entre la persona homosexual y sus opciones y comportamiento, y reconoce a los homosexuales el derecho a la protección de su dignidad fundamental que como seres humanos tienen. Pero la homosexualidad no es «una fuente positiva de derechos humanos».

El portavoz vaticano quiso anticiparse a la posible réplica de quien tome la postura de la Santa Sede como un intento de imponer su moral particular a los demás. A eso habría que replicar que entonces «las leyes sobre derechos para homosexuales y la demanda de derechos especiales también imponen a todos un punto de vista sobre la moral sexual», convirtiéndolo en normas de obligado cumplimiento para «miembros de de otros grupos con otras creencias y legislaciones».

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