EE.UU. prohíbe la difusión no consentida de imágenes sexuales, también las “artificiales”

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El presidente de EE.UU., Donald Trump, y la primera dama Melania Trump, en la firma de la ley “Quítenlo”, contra la pornovenganza y las imágenes explícitas generadas con inteligencia artificial (Foto: Casa Blanca vía Europa Press)

En un caso de acuerdo bipartidista raro en los tiempos que corren, el Congreso de EE.UU. ha aprobado una ley que castiga la llamada “pornovenganza” y otras formas de difusión de imágenes sexuales sin consentimiento de las personas representadas. La prohibición se refiere expresamente tanto a las fotografías reales como a las figuras ficticias creadas con inteligencia artificial.

La ley está hecha pensando especialmente en las jóvenes y adolescentes, las víctimas más frecuentes de estas violaciones de la intimidad y la dignidad personales. De hecho, fue la agresión sufrida por varias escolares de Texas en 2023 lo que movió a Ted Cruz, senador republicano de ese estado, a proponer la ley recién aprobada. Como sucedió en una escuela de Extremadura ese mismo año, un alumno de un instituto texano tomó fotos inocentes de compañeras suyas y las transformó en falsos desnudos que compartió en Snapchat. A falta de una ley estatal que castigara semejante conducta (sí había una contra la diseminación de videos sexuales), los padres de las víctimas no pudieron lograr que interviniera la justicia.

Pasaron varios meses hasta que Ted Cruz intervino y consiguió que Snapchat borrase las imágenes. “No debería hacer falta que un senador llame por teléfono”, dijo. “Si la víctima hubiera sido Taylor Swift [que fue objeto de una agresión similar en enero de 2024], habrían quitado las imágenes inmediatamente, como tiene que ser. Pues lo mismo debería pasar con cualquier adolescente de Texas”.

Hasta la promulgación de la nueva ley, la “pornovenganza” solo estaba prohibida en estados como California y Florida

Cruz presentó el año pasado un proyecto de ley en el Senado junto con la demócrata Amy Klobuchar. A ellos se unieron más tarde once senadores de uno y otro partido. También apoyaron el proyecto varias organizaciones en pro de la infancia y de las mujeres. La primera versión no llegó a ver la luz en aquella legislatura, porque suscitó objeciones por falta de precisión en las obligaciones impuestas a las plataformas de internet. Los promotores afinaron el texto, que fue aprobado por unanimidad en febrero pasado por el Senado salido de las últimas elecciones.

Una diputada republicana se encargó de presentar el proyecto en la Cámara de Representantes, que a finales de abril lo aprobó por aplastante mayoría (409 votos contra 2). El presidente Donald Trump firmó la ley acompañado de su esposa Melania en una ceremonia a la que fueron invitadas jóvenes que habían sido víctimas de exhibición sexual en redes sociales. La primera dama había apoyado decididamente el proyecto, cuyos fines coindicen con la iniciativa Be Best, impulsada por ella desde el primer mandato de Trump.

Hasta ahora, la “pornovenganza” y otras actividades similares solo estaban prohibidas en algunos estados, como California y Florida.

Multas y prisión

La nueva ley federal tiene un largo título, pensado para que las iniciales formen la expresión “Take It Down”, o sea “quítenlo” –el material gráfico sexual no consentido, se entiende–. Sus disposiciones no se aplican a la pornografía infantil, que ya está desde hace años tipificada en la ley penal y castigada con entre 5 y 20 años de prisión.

El nuevo delito de difusión no consentida de imágenes sexuales requiere como condición que la persona representada sea identificable, lo que puede suceder tanto en fotos reales como en desnudos ficticios. No exime de culpa que la víctima haya aceptado la toma o la fabricación de la imagen, ni que la haya mostrado a un tercero. La pena puede ser desde una multa hasta dos años de prisión, si la víctima es mayor de edad, y hasta tres años si es menor.

También se castiga la amenaza de difundir tales imágenes con propósito de extorsión o para causar daño psíquico. La pena prevista en estos casos es de multa o hasta 18 meses de cárcel si la víctima es mayor de edad, y hasta 30 meses si es menor.

La condena por este delito lleva aneja la incautación de las imágenes ilícitas, de los beneficios económicos que hayan podido obtenerse de ellas y de las herramientas empleadas para crearlas o difundirlas.

Naturalmente, si el autor del delito es menor de edad –como en los casos de Texas y Extremadura–, las penas se acomodan a las prescripciones de la justicia juvenil.

Retirada rápida

La ley también impone obligaciones a las webs o redes sociales por las que se difunden las imágenes ilícitas. Cuando reciban una denuncia de una víctima o de su representante, tendrán que retirarlas en el plazo de 48 horas. A diferencia de las disposiciones penales, que son de aplicación inmediata, esta no entrará en vigor hasta dentro de un año, que es el tiempo que se da a las plataformas a fin de que elaboren y publiquen un procedimiento para atender las denuncias.

Con la nueva ley, hay peligro de que falsas víctimas censuren de hecho contenidos que no les gustan, contra los derechos de los usuarios que los han subido

Si una plataforma no retira las imágenes denunciadas en el plazo fijado, incurrirá en infracción sancionable por la Comisión Federal de Comercio. A la vez, la ley exime de responsabilidad a las redes y demás servicios en caso de “falso positivo”, es decir, cuando de buena fe, en respuesta a una denuncia, retiran imágenes que resultan no ser ilícitas.

La buena fe es también la única condición que se pone a las solicitudes de retirada. Esto ha merecido críticas por parte de organizaciones en favor de la libertad de expresión, que ven ahí una ocasión de abusos. Señalan que, a diferencia de la ley de copyright en el ámbito digital, de 1998, “Take It Down” no prevé un procedimiento para que las plataformas impugnen las alegaciones de que alojan material ilícito. Por tanto, hay peligro de que falsas víctimas censuren de hecho contenidos que no les gustan, contra los derechos de los usuarios que los han subido.

Otro problema del que advierten los críticos es que la ley no hace distinción en las obligaciones de las plataformas en el caso en que las imágenes se difundan no en webs públicas, sino mediante servicios de mensajería y conversación, como WhatsApp. Pues el examen de la denuncia podría exigir violar el cifrado.

Como dice Renée Cummings, criminóloga de la Universidad de Virginia, la eficacia de la nueva ley está en su “aplicación rápida y fiable, con sanciones severas”, pues el daño causado a las víctimas aumenta cada día que las imágenes están accesibles. Pero, advierte también la profesora, es necesario velar por que se castigue a los culpables “sin erosionar accidentalmente el cifrado ni ahogar la expresión legítima”.

Una de las organizaciones que pone reparos a “Take It Down”, la Electronic Frontier Foundation, suscribe la finalidad de la ley. Pero advierte que no basta tener un fin legítimo y buenas intenciones: “Las definiciones imprecisas y la falta de salvaguardas” pueden favorecer abusos en perjuicio de la libertad de expresión.

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