Nuevo Concordato entre la Santa Sede y Portugal

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El pasado 18 de mayo, el secretario de Estado vaticano, Card. Angelo Sodano, y el primer ministro portugués, José Manuel Durão Barroso, firmaron en Roma el nuevo Concordato entre la Santa Sede y Portugal, que sustituirá al ya anticuado de 1940. Faltan la aprobación del parlamento portugués y la ratificación del presidente de la República.

En 33 artículos se reglamentan cuestiones que afectan al matrimonio, la enseñanza de la religión en la escuela, la asistencia religiosa en el ejército o el patrimonio cultural y el régimen fiscal de la Iglesia. Según una nota de la Santa Sede, con este acuerdo, «el Estado garantiza a la Iglesia el ejercicio público y libre de sus actividades, en particular en lo que se refiere al culto, al magisterio y ministerio, así como la jurisdicción en materia eclesiástica». Reconoce, además, «la libertad religiosa, en particular en ámbitos como la conciencia, culto, reunión, asociación, expresión pública, enseñanza y actividad caritativa».

En el ámbito general de la libertad de enseñanza, se garantiza a la Iglesia católica y a sus instituciones el derecho a crear y dirigir centros de enseñanza en todos los niveles educativos.

La enseñanza de religión y moral católicas en las escuelas públicas de primaria y secundaria deberá figurar en el plan de estudios, estará integrada en el sistema escolar y será de libre opción para los estudiantes o sus familias.

Corresponde al obispo diocesano aprobar a los candidatos a profesores de religión católica, según su preparación e identificación con la doctrina de la Iglesia. También es competencia exclusiva de la autoridad eclesiástica definir el contenido de la materia, dentro de las orientaciones generales del sistema educativo portugués.

Por lo que se refiere al matrimonio, se reproduce literalmente el Protocolo Adicional de 1975. Los cónyuges católicos deben respetar las propiedades esenciales del matrimonio, como la indisolubilidad; por tanto, no deben recurrir al divorcio civil, aunque esta declaración de intenciones no impide que se recurra al divorcio admitido en la legislación civil.

Respecto a las sentencias de nulidad de matrimonios canónicos dictadas por tribunales de la Iglesia, se les reconocen efectos civiles, a requerimiento de cualquiera de las partes, después de que el tribunal competente del Estado confirme que no contradicen el derecho portugués o de la Unión Europea. Aquí podrían surgir algunos problemas de aplicación.

El Concordato reconoce por primera vez personalidad jurídica a la Conferencia Episcopal portuguesa. La Iglesia católica podrá recibir fondos por el 0,5% del impuesto sobre la renta que los ciudadanos pueden destinar a distintas instituciones. Los acuerdos establecen también que se informe al Estado portugués del nombramiento o renuncia de los obispos, atribución que corresponde exclusivamente a la Santa Sede.

El Estado portugués reconoce como días no laborables los domingos y algunas festividades católicas (Navidad, 1 de enero, Corpus Christi, la Asunción, Todos los Santos y la Inmaculada Concepción).

Para la aplicación del Concordato, se crea una Comisión paritaria, cuya finalidad es desarrollar el principio de cooperación entre la Iglesia y el Estado, y resolver las dudas y dificultades que puedan surgir.

Italia: Convenio para la enseñanza de la religión

En Italia, el Ministerio de Educación y la Conferencia Episcopal han firmado un convenio que actualiza el contenido pedagógico de la enseñanza de la religión en el primer ciclo escolar (6-14 años). La ministra de Educación, Letizia Moratti, ha declarado que el objetivo de la colaboración, que se enmarca dentro de los acuerdos entre Iglesia y Estado de 1984 (revisión del concordato), es «garantizar cada vez mejor el derecho de los jóvenes a una formación religiosa plena y consciente, parte integrante del proceso de crecimiento personal». La ministra anunció que en los próximos tres años se concederá contrato fijo a 15.383 profesores de religión, de los que más de nueve mil lo tendrán ya a partir del próximo curso académico (ver servicio 29/02).

En los últimos diez años, la presencia de sacerdotes y religiosos como docentes de religión ha descendido del 36,6% al 19%. En Italia, el 93% de los alumnos escoge la clase de religión.

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