El velo islámico ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

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El caso del velo islámico ha dado lugar ya a sentencias en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). La primera tiene que ver con Turquía, donde está prohibido llevar un simple velo en la Universidad y en la Administración. En 1998, Leyla Sahin fue expulsada de la Universidad de Estambul, donde estudiaba Medicina, por negarse a quitarse el velo. Emigró a Austria, donde terminó los estudios y hoy ejerce de médica. Pero denunció al Estado turco ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) alegando que la prohibición del velo es contraria a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

En sentencia definitiva, el TEDH desestimó el recurso en 2005, por considerar que la prohibición del velo era admisible, en cuanto “necesaria para proteger el sistema democrático en Turquía”. Según los jueces, frente al intento, por parte de “movimientos extremistas”, de “imponer a la sociedad sus símbolos religiosos”, la medida recurrida pretende “proteger los derechos y libertades de otros, así como el orden público”.

En diciembre de 2008 hubo dos nuevas decisiones del TEDH en sendos casos (Kervançi vs. Francia y Dogru vs. Francia), relacionados con la prohibición del velo en clases de educación física de colegios públicos franceses, antes de la entrada en vigor de la ley de 2004 que prohibió el velo en la escuela.

En este caso dos jóvenes francesas se querellaron por haber sido excluidas de su centro escolar por llevar el velo durante las clases de educación física. Las demandantes alegaban que se había infringido su derecho a la práctica de la religión y que se les había privado de su derecho a la educación, aunque continuaron sus estudios por correspondencia. El TEDH estimó que “el uso del velo puede ser considerado como un acto motivado o inspirado por una religión o convicción religiosa”, y que un Estado como Francia puede prohibir en la escuela laica que un alumno lleve un signo que manifiesta su pertenencia religiosa.

Otra sentencia reciente ha dado la razón a Francia ante una querella por exclusión de varias alumnas de centros de enseñanza por llevar el velo islámico, después de la ley aprobada en 2004. El tribunal ha establecido que “lo que motivó la expulsión fue imperativos de protección de derechos de otros y del orden público, y no objeciones a las convicciones religiosas de las alumnas”.

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