Polonia: dentro de la UE, pero con los propios valores éticos

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La Dieta polaca, Cámara baja del Parlamento, aprobó el pasado 11 de abril una declaración en la que afirma la prioridad del derecho nacional sobre el de la Unión Europea en cuestiones de orden moral. Esta votación ha tenido lugar pocos días antes de la firma del tratado de adhesión a la UE, en Atenas el 16 de abril, y del referéndum de ratificación que tendrá lugar en junio.

La declaración, aprobada por 374 votos contra 25, establece que «la legislación polaca en cuestiones de orden moral relativas a la vida social, la dignidad de la familia, el matrimonio y la educación, así como la protección de la vida, no puede ser limitada por disposiciones internacionales». El texto quiere precaverse contra la eventualidad de que en estos temas se imponga una legislación comunitaria que, por ejemplo, intente igualar el matrimonio con cualquier tipo de uniones o disminuir la protección del derecho a la vida con una ley más permisiva del aborto.

Estos riesgos han sido invocados por grupos que se oponen a la entrada en la UE. Con esta declaración, apoyada por casi todos los partidos, se pretende privar de razones a estas críticas.

Casi todos los partidos se han adherido también a la postura de la Iglesia católica polaca que, al igual que la de otros países, pide que en la futura Constitución Europea se incluya una referencia a Dios. El gobierno socialdemócrata de Leszek Miller busca que la Iglesia apoye la adhesión a la UE en el referéndum de ratificación.

Desde Bruselas se ha dicho que la declaración aprobada por la Dieta polaca no contradice el principio de prioridad del derecho comunitario sobre el nacional, ya que los temas a que se refiere competen a los Estados y no a la UE. En los trabajos en el seno de la Convención que prepara el proyecto de Constitución Europea la presidencia ha propuesto inscribir que «la Constitución y el derecho adoptado por las instituciones de la Unión en el ejercicio de las competencias que le son atribuidas por aquella, tienen prioridad sobre el derecho de los Estados miembros».

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