Una idea adecuada de la neutralidad es aquella que no se empeña en enfrentar al Estado con sus raíces cristianas –tampoco en las escuelas de titularidad pública–, ni privarlo de las aportaciones que las comunidades religiosas quieren hacer al bien común. El Estado que asume la cuestión escolar entre sus preocupaciones no puede eludir el planteamiento de cuestiones relevantes de orden religioso o ideológico. El art. 7 de la Ley Fundamental en principio permite, también en el marco de la
Suscripción
Contenido Oculto
Suscríbete a Aceprensa o inicia sesión para continuar leyendo el artículo.
AccederSuscripción