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La libertad de expresión tiene límites

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El atentado al Charlie Hebdo ha llevado a algunos comentaristas a defender la existencia de un derecho a la libertad de expresión sin restricciones. Pero el constitucionalista Pierre de Vos explica que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha declarado en varias sentencias que las limitaciones están justificadas por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El primer párrafo del artículo 10 del Convenio reconoce a toda persona el derecho a la libertad de expresión “sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas”. Pero el segundo añade que su ejercicio “podrá ser sometido a ciertas formalidades, condiciones, restricciones o sanciones, previstas por la ley” cuando sean necesarias para garantizar ciertos bienes jurídicos como la seguridad nacional, la defensa del orden y la prevención del delito o la protección de la reputación o de los derechos ajenos, entre otros bienes.

De Vos recopila en su blog varios casos en los que el TEDH ha recurrido a este artículo para justificar las limitaciones a la libertad de expresión. En el caso Otto-Preminger-Institut v Austria (1994), el TEDH dio la razón al gobierno austriaco, que había retirado una película ofensiva contra el cristianismo (cfr. Aceprensa, 28-09-1994).

El Tribunal declaró que “las autoridades austriacas actuaron para garantizar la paz religiosa en la región y para evitar que algunas personas se sintieran atacadas por sus creencias religiosas de manera injustificada y ofensiva”. También subrayó que “se puede juzgar necesario, en ciertas sociedades democráticas, castigar o impedir ataques injuriosos contra cosas que son objeto de veneración religiosa”.

El TEDH emplea una argumentación similar en el caso Wingrove v The United Kingdom (1996). El organismo británico que clasifica las películas prohibió exhibir un cortometraje que representaba de modo insultante y obsceno a Jesucristo y a santa Teresa de Jesús, alegando que violaba la ley de blasfemia. Y el director recurrió ante el TEDH por entender que la negativa vulneraba su derecho a la libertad de expresión.

Pero el Tribunal contestó diciendo que esa interferencia estaba justificada por el artículo 10.2 de la Convención, ya que es una restricción “prescrita por la ley” (la de blasfemia) y persigue una meta legítima. La ley de blasfemia no prohíbe expresar puntos de vista hostiles a la religión, pero sí algunos modos de manifestarlos (cfr. Aceprensa, 11-12-1996).

El artículo 10.2 también ha servido para confirmar una condena por blasfemia dictada en Turquía por “ataques ofensivos en asuntos considerados sagrados por los musulmanes”, como en el caso Ï.A. v. Turkey (2005).

Y también para avalar la condena por complicidad en apología del terrorismo a un dibujante francés que hizo una sátira con motivo del atentado del 11-S. En esta ocasión, caso Leroy v France (2008), el TEDH entendió que la sanción era pertinente pues la caricatura –publicada dos días después del atentado– había provocado una reacción capaz de alterar el orden público.

Escalada de provocación

También el Papa Francisco se ha pronunciado sobre los límites a la libertad de expresión, en respuesta a una pregunta planteada durante su viaje de Sri Lanka a Filipinas. Tras denunciar unos días antes la crueldad del atentado al Charlie Hebdo y de haber rezado por las víctimas, el Papa ha querido subrayar ahora que “no se puede provocar, no se puede insultar la fe de los demás”.

Y puso un ejemplo gráfico: “Es verdad que no se puede reaccionar violentamente, pero si Gasbarri [uno de sus colaboradores que viajaba en el avión], gran amigo, dice una mala palabra de mi mamá, puede esperarse un puñetazo. ¡Es normal!”.

“Toda religión tiene dignidad, cualquiera que respete la vida y la persona, y yo no puedo burlarme de ella”, añadió “Puse este ejemplo (…) para decir que en esto de la libertad de expresión hay límites, como con lo que dije de mi mamá”.

Las palabras del Papa se entienden mejor a la luz de la decisión que ha tomado el Charlie Hebdo de volver a los quioscos con una portada en la que se ve otra caricatura de Mahoma. Precisamente estos días, Henri Roussel, uno de los fundadores del semanario, ha publicado un artículo en Le Nouvel Observateur en el que afirma que Stéphanie Charbonnier (Charb), director del Charlie Hebdo que murió en el ataque, “arrastró”; a su equipo a la muerte por “exagerar” las caricaturas.

Russel, de 80 años, critica la escalada de provocación en la que había entrado el semanario. Las oficinas del Charlie Hebdo fueron incendiadas por unos encapuchados, tras haber publicado en 2011 una portada que se burlaba de Mahoma y de la ley islámica. “No debería haberlo hecho, pero Charb lo hizo de nuevo un año más tarde, en septiembre de 2012”, escribe Russel bajo el pseudónimo de Delfeil de Ton.

La acusación de Russel ha provocado una enérgica reacción por parte de Richard Malka, abogado del Charlie Hebdo durante los últimos veinte años. Según cuenta The Telegraph, Malka se quejó a los propietarios de Le Nouvel Observateur por haber publicado el artículo de Russel cuando Charb ni siquiera había sido enterrado.

Matthieu Croissandeau, editor de Le Nouvel Observateur, justificó la publicación del artículo con las siguientes palabras: “Recibimos este texto y, después de un debate, decidí publicarlo en un especial sobre la libertad de expresión. Me habría parecido preocupante censurar su voz, incluso si es discordante. Sobre todo, porque es la voz de uno de los pioneros del grupo”.

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