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Inmaculada Echevarría: ¿Se trata de eutanasia o no?

publicado
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La retirada del respirador de Inmaculada Echevarría y la sedación terminal para aliviar los dolores de su agonía, con el resultado final de su muerte, ha provocado diversas reacciones e interpretaciones. Hay quien habla de eutanasia, de eutanasia pasiva, de suicidio asistido o de limitación del esfuerzo terapéutico.

«ABC» es el medio que recoge un mayor número de opiniones al respecto. César Nombela, Catedrático de Microbiología, considera que «es imposible sustraerse a la idea de que el respirador supone la aplicación de un tratamiento, tan establecido y común como podría ser la alimentación mediante sonda gástrica o por vía parenteral, al enfermo incapaz de nutrirse de la forma normal. Es muy difícil, por tanto, evitar la conclusión de que lo que se ha practicado es una eutanasia, aun volviendo a insistir en el respeto a quienes piensan que simplemente se ha omitido una terapia desproporcionada».

En esa misma línea se pronuncia Alfonso López de la Osa, profesor de Derecho Administrativo, al decir que «es una constatación que la ejecución del acto, la desconexión, es un acto directo que tiene como fin inmediato acabar con la vida de una persona consciente».

Derecho a la retirada de un tratamiento

También en «ABC», José Miguel Serrano, profesor de Filosofía del Derecho, declara que tras el consentimiento para recibir el tratamiento del respirador, Inmaculada «mantenía su derecho a oponerse a tal tratamiento en cualquier momento», la decisión del Consejo Consultivo de Andalucía sería «correcta», aunque reconozca que «estamos en los límites».

Xavier Gómez-Batiste, presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos, afirma con fuerza que «no es eutanasia» porque «se trata de una decisión individual legítima de limitación del esfuerzo terapéutico», aunque reconoce que «este caso tiene características que lo hacen más impactante, por el hecho de que la relación entre el abandono de tratamiento es inmediata (y mediática), comparada con un enfermo que decide abandonar la hemodiálisis o no tratarse de una obstrucción intestinal». Miguel Bajo, catedrático de Derecho Penal, señala que esta muerte «no es punible porque existe un derecho a rechazar el tratamiento según el artículo 2.4 de la nueva Ley de Autonomía del Paciente». De modo que «al igual que un paciente hospitalizado puede rechazar en cualquier momento la ingestión del medicamento mediante una decisión racional, quien mantiene sus constantes vitales mediante aparatos técnicos puede igualmente oponerse a la conexión».

Enrique Molina, profesor de Teología Moral de la Universidad de Navarra, afirma que «retirar a un paciente en estado terminal los medios terapéuticos que le mantienen con vida, no puede ser considerado eutanasia: no se causa o induce directa ni indirectamente su muerte. La dificultad está en si los medios que permiten que conserve su vida son proporcionados o no al fin que se pretende. La respiración asistida es un medio que puede tener más de desproporcionado que de proporcionado», aunque «a la hora de la verdad, sólo quien conoce muy bien la situación médica del enfermo y su evolución pasada y previsible, está en condiciones de valorar el medio terapéutico, y, por tanto, si la actuación médica que lo retira, contando siempre con el paciente, es o no una eutanasia».

Manuel Gómez Sancho, director de la Unidad de Cuidados Paliativos del Hospital Doctor Negrín, niega categóricamente la posibilidad de considerarlo eutanasia, porque «era una enferma y como tal tenía derecho a rechazar un tratamiento con el que no estaba de acuerdo. Pudo rechazarlo en su momento y no lo hizo, pero quizá este era el momento para hacerlo. Nadie puede ser obligado a someterse a recibir un tratamiento, salvo algunas excepciones y ninguna es el caso que nos ocupa».

El País recoge otras opiniones. Para Dolores Espejo, presidenta de la Fundación Bioética, «en este caso no se trata de un tratamiento médico sino de una medida de soporte vital. Es evidente que la eliminación de una vida es un modo desproporcionado para tratar el dolor, cualquier otra dolencia, o una minusvalía. Tampoco el sufrimiento de una persona justifica su eliminación». María Dolores Vila-Coro, titular de la cátedra de bioética de la Unesco, discrepa: «No es eutanasia liberar a la persona del aparato que la mantiene artificialmente, si lo desea, para que la naturaleza siga su curso y actúe por sí misma, cuando el proceso de muerte ya es irreversible. Al desconectar a Inmaculada no se abre ninguna puerta a la eutanasia pues todo depende del uso que se haga y del alcance que se le otorgue».

Otras opiniones

En una nota de prensa, la Federación de Asociaciones Provida ha manifestado «su profundo disgusto y preocupación por la muerte de Inmaculada Echevarría por tratarse de un claro caso de eutanasia pasiva, por omisión de un medio proporcionado y necesario».

Por otra parte, la plataforma Hay Alternativas, a través de su portavoz, la Dra.Gádor Joya, afirma que «hemos de evitar caer en la trampa que nos quieren tender los partidarios de la muerte, intentando aprovechar su caso para traer a debate el tema de la eutanasia, ya que el caso de Inmaculada podría enmarcarse dentro de un cuadro de limitación del esfuerzo terapéutico».

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