Demasiados embarazos múltiples

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España: reforma de la ley de reproducción asistida
El Dr. Gonzalo Herranz (Departamento de Humanidades Biomédicas, Universidad de Navarra) señalaba en un comentario al proyecto de ley («Diario Médico», 20 diciembre 2005) una consecuencia de la reforma. El texto no favorece la reducción de la tasa de embarazos múltiples, que en España es muy alta.

El proyecto suprime la prohibición, impuesta por la reforma de 2003, de fecundar más de tres óvulos por ciclo. En cambio, mantiene el límite de tres en el número de embriones que se pueden transferir a una mujer en cada ciclo. «Parece una norma prudentemente restrictiva -dice el Dr. Herranz- que permite hacer frente a los bien conocidos peligros de la gemelación, bestia negra de la reproducción asistida». Pero, en realidad la reforma no ataca el problema.

«En reproducción asistida, la tendencia consolidada hoy es patente: estamos en un tiempo en que una tasa elevada de gemelos nacidos como resultado de la reproducción asistida no es ya tolerable. La gemelación va ligada a riesgos elevados para la gestante, (…) a costos económicos prohibitivos».

Sin embargo, en España la reproducción asistida resulta en un 33% de embarazos múltiples (27,2% de gemelos, 5,5% de trillizos y 0,3% de embarazos de cuatro o más niños), según los últimos datos disponibles, recién publicados, correspondientes al año 2002. Esta tasa es claramente superior a la media europea, que en 2001 (último año para el que hay estadísticas) era del 25,5%.

La nueva ley española, dice el Dr. Herranz, no va poner remedio, que «es bien conocido: está en transferir un embrión por ciclo, no en limitar a tres los que se transfieren discrecionalmente a cada mujer en cada ciclo. En Suecia, la norma impuesta por el gobierno es que sólo se transfiera un embrión por ciclo; los resultados allí son halagüeños: gana la calidad de vida de madres e hijos, se ahorra mucho dinero, y no decrece la tasa acumulativa de transferencia de embriones. Si uno se asoma a Internet y con la ayuda de un buscador pide información sobre «single embryo transfer», se encuentra con que ese proceder es el reclamo publicitario con el que hoy el competitivo complejo industrial norteamericano de la medicina reproductiva trata de atraer clientes».

Un caso similar, añade el Dr. Herranz, es el de Gran Bretaña, donde «el Servicio Nacional de Salud, en su esfuerzo de incluir entre sus prestaciones la reproducción asistida gratuita para el mayor número, ha decidido seguir la conducta de transferir un solo embrión por ciclo». Normas similares se aplican en otros países europeos (ver Aceprensa 130/05).

Menos protegidos que los linces

En otro artículo para «Diario Médico» (31 enero 2006), el Dr. Herranz subraya que el proyecto deja al embrión desprotegido.

El Convenio de Oviedo (art. 18.1) establece que la ley, si permite experimentar con embriones «in vitro», debe asegurarles una protección adecuada. «Proteger -escribe el Dr. Herranz- es amparar, favorecer, defender, no destruir ni abandonar. (…) Cuando la Constitución Española, el Código Penal, los convenios internacionales de derechos humanos hablan de protección (de la dignidad o los derechos y libertades fundamentales del ser humano), o cuando una ley protege el medio ambiente, la flora y la fauna silvestres, las especies en peligro de extinción, hablan fuerte, sin lugar para la ambigüedad o la timidez.

«A la vista del proyecto de ley a uno le entra la penosa sospecha de que en nuestro ordenamiento jurídico reciben más protección el lince ibérico, el oso asturiano, la nutria y sus respectivas crías, que los seres humanos embrionarios.

«Si un hombre de laboratorio pidiera autorización para usar en investigación unas decenas de fetos de osito panda, ¿sería autorizado a hacerlo? No parece que se lo permitirían los activistas de liberación animal ni los miembros de un comité ético de bienestar animal que actuara conforme al Real Decreto 1.201/2005, sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos».

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