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Contra el agresor, la ley, ¿y qué hay del agredido?

publicado
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La justicia restaurativa va más allá de la dinámica delito-castigo: pone el foco en reparar a la víctima y lograr un cambio de actitud del infractor.

Que a la comisión de un delito y la detención del infractor le sigan automáticamente juicio, sentencia y cárcel, es el algoritmo tradicional de la justicia. Sobre qué sucede con la víctima, la norma es, sin embargo, el silencio. De sus temores, de su estado psicológico, de sus necesidades de reparación, poco se habla.

La cuestión, para no pocos expertos, es que no debería ser así: si se ha dañado a una persona, se debe actuar para intentar devolverle el equilibrio que el delito ha alterado. Se impone restaurar. Y es aquí donde entra el término relativamente novedoso de “justicia restaurativa”.

Virginia Domingo, Coordinadora del Servicio de Justicia Restaurativa de Castilla y León, lo explica a Aceprensa: “Es una justicia que se centra en que el delito ha creado un daño a la víctima, pero también a la comunidad, y lo que hay que hacer es atender este daño, porque provoca unas necesidades. La primera de todas, la de la víctima, es sentirse reparada, aunque no solo reparación material, sino moral y psicológica”.

“Por otra parte, se favorece que el infractor se responsabilice del delito. En la justicia tradicional se le dice a este: ‘Tienes derecho a no declarar contra ti mismo, a no confesarte culpable’. Con la justicia restaurativa es diferente. Se le dice: ‘Usted ha cometido un daño; ahora tiene la obligación de hacer lo correcto, de reparar o intentar atender las necesidades de la víctima’. Se tiene que responsabilizar y reconocer ante esta que hizo el daño y que le quiere compensar de alguna forma”.

Mediación, sí, pero hay más

— Vayamos a cómo funciona el mecanismo. Según explica el Restorative Justice Council del Reino Unido, el esquema es el de una reunión voluntaria entre víctima y agresor, en presencia de un mediador, en un ambiente controlado, y lo que se busca es un modo de que el segundo repare el daño. ¿Es así en la práctica?

Hay que decir algo primeramente: que a veces se percibe la justicia restaurativa como mediación, y como forma de evitar el juicio. Si es eso lo que aprecia la víctima, se indignará.

¿Cómo se aplica este tipo de justicia? Hay distintas herramientas, pero en España la más conocida es, desgraciadamente, la mediación penal. ¿Por qué “desgraciadamente”? Porque si la definición de mediación es “reunión víctima-infractor”, entonces automáticamente pienso que en los casos de conducción bajo los efectos del alcohol o tráfico de drogas, se puede decir: “Como no hay una víctima, no se puede hacer”.

Hay otras posibilidades, como las conferencias restaurativas y los círculos, que reúnen a la víctima directa y al infractor, pero también a los familiares de ambos. Aquí en Burgos tuvimos una pelea de dos chicos, cuyas madres se conocían. La de la víctima estaba ofendida porque la otra no había ido a decirle que lo sentía, y la otra decía que le daba mucha vergüenza. Si organizábamos una mediación entre víctima e infractor podíamos solucionar el caso penal, pero no los efectos colaterales del delito. Así, hicimos una especie de conferencia restaurativa, y las incluimos a ellas.

La comunidad también se implica

— ¿Qué diferencia hay entre las conferencias y los círculos restaurativos?

— Que las primeras incluyen a la víctima, al infractor y al grupo de apoyo más cercano de ambos, mientras que en el círculo se suman otros miembros de la comunidad, como el policía que llevó el caso, el trabajador social y otras personas del entorno.

— Los círculos y conferencias, ¿son antes del juicio penal o van simultáneamente?

— Las dos posibilidades. Durante el proceso de investigación o después de la sentencia. Nosotros lo hacemos, por regla general, antes de esta. En algunos lugares se paraliza el juicio durante dos meses para ver qué pasa en el proceso de justicia restaurativa. Si al final del juicio se determina que hay delito, se ofrece una atenuante de reparación del daño.

Un proceso de humanización

— Hablemos de los efectos sociales. ¿Puede la justicia restaurativa influir en que disminuya la reincidencia?

— Tras la derogación de la Doctrina Parot salieron de prisión un montón de infractores de delitos graves. Salían sin estar reinsertados. ¿Por qué? Porque se fueron a la cárcel sin reconocer su culpa, sin darse cuenta de que causaron un daño.

La justicia restaurativa les lleva a reconocer que el delito no “ocurrió” simplemente, sino que ellos lo provocaron. Si asumen que han causado el daño, es mucho menos probable que vuelvan a delinquir, pero no por temor a la cárcel, sino porque se han dado cuenta de que han dañado a otro ser humano. Es un proceso de generar empatía en el infractor, para quien es muy fuerte enfrentarse a la persona dañada, ponerle rostro, historia.

Si el infractor reconoce las consecuencias del daño a la víctima, es menos probable que vuelva a delinquir

Uno me decía: “Es lo peor que he hecho en mi vida. Ponerme ante el juez es tan fácil…”. Ese proceso es el que hace que muchos vean que no es el bolso, sino la viejecita que había detrás del bolso y a la que le han roto la cadera porque la han empujado; que dejen de cosificar a la víctima. Ese proceso de humanización les lleva a decidir no delinquir otra vez.

¿Cuántas veces ocurre esto? Teníamos un fiscal que nos decía: “Con que uno se responsabilice y no vuelva a delinquir, ya ganamos todos”. ¿Se van a arrepentir todos? Obviamente no. Pero muchos sí lo van a hacer, y eso nos va a beneficiar.

— Para algunos, este sistema es sinónimo de una justicia “blanda”.

— Es una de las críticas. Argumentan que todos los infractores reconocerán su delito para que se les disminuya la pena. Yo digo: vale, estoy convencida de que muchos de los que participan lo hacen inicialmente guiados por ese objetivo. Pero el proceso sí les va cambiando y les hace ver que el otro es un ser humano con sus problemas, como él mismo. No digo que sea blanda, al contrario: enfrentar a una persona con las consecuencias de sus actos es muy duro. De hecho, cuando se reúnen, cuesta mucho que el infractor hable, por la vergüenza.

— Entiendo que la justicia restaurativa tendría aplicabilidad en otros ámbitos…

— En la escuela se puede enseñar a los niños este enfoque. Sé que ya se les imparten técnicas de mediación para que, si se origina algún conflicto entre compañeros, sean ellos los mediadores. En algunos colegios los reúnen cada 15 días en un círculo para ver qué tal ha ido todo. Así evitan que algún pequeño conflicto derive, por ejemplo, en bullying.

Si, no obstante, surgen casos de este tipo, se ha probado la mediación escolar entre el niño maltratado y el maltratador. Pero se debe incluir a la clase, porque muchos son víctimas en silencio –“me callo, porque si digo algo, quizás me acosan a mí”–, y otros son cómplices. Como los círculos o conferencias los incluyen a todos, pueden ser interesantes para gestionar esas situaciones.

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