Dignidad frente a barbarie

Juan Antonio Carrillo-Salcedo

GÉNERO

Trotta. Madrid (1999). 153 págs. 1.600 ptas.

Es este uno de los últimos libros publicados en España con motivo del cincuentenario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) el pasado año. Pese a ser el último, no llega tarde. Siempre es bienvenida cualquier publicación del profesor Carrillo Salcedo, catedrático de Derecho internacional público en la Universidad de Sevilla y uno de nuestros especialistas en derechos humanos más reconocidos internacionalmente, ya que fue miembro de la Comisión Europea de Derechos Humanos y juez en el Tribunal.

En esta obra, escrita como auténtica reflexión y bañada con sugerentes anécdotas, el autor se pregunta para qué ha servido la DUDH en estos 50 años y qué papel le queda reservado en el futuro. Para abordar estas preguntas -frecuentes ante tanta retórica sobre los derechos humanos, no correspondida precisamente en la práctica internacional-, repasa la presencia y valor, tanto político como jurídico, de los derechos humanos en la realidad y en los grandes textos jurídicos desde la II Guerra Mundial.

Comenzando por la propia Carta de las Naciones Unidas, el autor llega a la conclusión de que los derechos humanos realmente conforman una dimensión constitucional de la misma. Su influencia ha llevado a reducir el principio, básico hasta entonces, de no intervención en los asuntos internos de los Estados. En consecuencia, el concepto tradicional de soberanía queda «erosionado y relativizado», perdiendo su carácter de absoluto.

A partir de esta realidad se analiza el contenido y el proceso de adopción de la propia DUDH, que sería la interpretación más autorizada de esa dimensión constitucional de la ONU, radicada en el respeto a la dignidad de la persona. A continuación, Carrillo Salcedo reflexiona sobre la aplicación concreta de la Declaración y de la propia noción de los derechos humanos en la práctica de las Naciones Unidas en estos cincuenta años. Así llega a la controvertida conclusión -excelentemente documentada- de que, además de un indudable valor moral y político, la DUDH representa una obligación jurídica para todos los Estados de la comunidad internacional.

Este valor jurídico, sin embargo, padece de dos importantes imperfecciones: la dificultad de precisar el núcleo duro de los derechos humanos (los llamados derechos humanos fundamentales) y la falta de garantías institucionales para su efectiva protección. Ambas limitaciones son consecuencia, precisamente, de la pervivencia de la soberanía estatal.

Por último y para responder a las preguntas al principio formuladas -para qué ha servido y qué futuro le cabe a la DUDH-, el autor se adentra en dos peliagudas cuestiones: la universalidad de la Declaración y su vigencia en el mundo actual. A ambas responde afirmativamente. Respecto a la universalidad y partiendo de la realidad de los que más se oponen (gobiernos de Asia y África), admite la posibilidad de matices culturales propios, pero sin menoscabo de un núcleo duro de derechos humanos fundamentales. Y respecto a la validez de los derechos humanos en este mundo «globalizado», defiende que precisamente hoy estos derechos pueden hacer de freno a los excesos capitalistas y de utilización mercantilista del ser humano.

A pesar de los duros golpes que asesta la realidad más inmediata, el autor concluye positivamente que la DUDH «ha servido, y sirve, para conservar un horizonte utópico, alimentar la esperanza y salvaguardar la propia dignidad del ser humano».

Enrique Abad Martínez

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