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La causa de los derechos humanos no sustituye a la política

publicado
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Aunque la militancia por los derechos humanos esté llena de buenas intenciones, puede desviarse si pretende sustituir a la política o al Derecho internacional. Así lo advierte Alain Pellet, miembro de la Comisión de Derecho Internacional de Naciones Unidas, en un artículo publicado en Le Monde (26 octubre 2002).

Alain Pellet considera que si bien las ONG de defensa de los derechos del hombre «tienen la mayor utilidad como contrapesos, como instrumentos de presión y alerta, también podrían ser potencialmente peligrosas si se les reconociera poderes excesivos». Son un contrapeso a la arbitrariedad de los Estados o al dominio de poderes económicos transnacionales, pero no sustituyen a los Estados democráticos.

De dos cosas una. O bien los fines de las ONG son especializados -la causa de la mujer, de los niños, de los pobres…-, y en tal caso no pueden ocupar el lugar de la política, de un proyecto global. O bien pretenden reemplazar a los Estados, con el riesgo de que «la buena conciencia de una causa justa les haga ser más intolerantes que los poderes públicos existentes. La mundialización de lo ‘políticamente correcto’ me asusta», afirma Pellet.

La causa de los derechos del hombre, erigida en pensamiento único y autosuficiente, es peligrosa también en el campo del Derecho y más aún en el Derecho Internacional. «Numerosos especialistas del Derecho Internacional tropiezan hoy en este obstáculo: presentan y analizan su disciplina exclusivamente a través del prisma -deformante por ser único- de la defensa de los derechos del hombre».

Pellet piensa que esto perjudica en vez de servir la causa que pretenden defender. «A menudo los internacionalistas sostienen como verdades jurídicas tendencias todavía balbucientes que no existen más que en sus esperanzas. Así lo testimonian ciertas proclamaciones de derechos, a veces adoptadas en forma de convenciones debidamente aprobadas, sobre todo en los campos económico y social, que despiertan esperanzas inconsideradas cuando el desarrollo económico y social no se presta en absoluto a su realización efectiva. O bien se inventan costumbres sin práctica o ‘principios generales del Derecho’ que no están reconocidos por los derechos internos de muchos países».

Pellet advierte que a veces este activismo de los defensores de los derechos humanos es contraproducente. Por ejemplo, «nunca he comprendido su oposición a las reservas en los tratados (práctica que permite a los Estados ser parte en un tratado eximiéndose de algunas de sus condiciones, con tal de no vaciarlos de sustancia), y su obstinación en preferir un tratado no ratificado a un tratado ratificado con reservas». Otro error es «despreciar técnicas tradicionales [del Derecho Internacional] que, sabiamente utilizadas, podrían hacer avanzar la causa de los derechos humanos más eficazmente que la afirmación abusiva de un particularismo a veces imaginario».

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