La Justicia británica rechaza la cooperación al suicidio

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El Alto Tribunal (High Court) de Londres ha desestimado las pretensiones de una mujer que reclamaba la cooperación al suicidio. La demandante, paralítica, quería que se garantizase a su marido inmunidad penal para darle muerte cuando ella decidiera. Los magistrados sentencian que tal cosa iría contra de la dignidad de la vida y los derechos humanos.

Diane Pretty, de 42 años, sufre un trastorno de las neuronas del sistema motor que la ha dejado confinada en silla de ruedas. Esta enfermedad, progresiva e incurable, termina causando la muerte por parada respiratoria. Para evitar lo que prevé como una agonía angustiosa, la enferma, de acuerdo con su marido, acudió a los tribunales alegando que el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el derecho a la vida, incluye -según ella- el derecho a decidir cómo y cuando morir.

Los jueces de la High Court londinense, última instancia judicial ordinaria de Inglaterra y Gales, no han admitido tal interpretación del Convenio. La finalidad del artículo 2, así como del 3, que prohíbe el trato inhumano y degradante, es -afirman- «proteger y preservar la vida y la dignidad de la vida». La sentencia añade: «Sostener que estos artículos miran a proteger el derecho de una persona a procurarse la muerte es como volver su sentido del revés».

Además, el Tribunal señala que lo solicitado por la demandante es aun menos admisible que la cooperación médica al suicidio, también prohibida. En un caso de este segundo tipo se plantearía hacer una excepción a la protección penal de la vida en circunstancias y con garantías escrupulosamente definidas. Pero en el caso Pretty, dicen los magistrados, «nos piden que permitamos a un miembro de una familia terminar con la vida del otro en unas circunstancias de las que no sabemos nada y de una manera de la que no sabemos nada, y sin inspección continuada por parte de un tercero».

El fallo de la High Court es inapelable. Solo podría ser revisado por la Cámara de los Lores, que en Gran Bretaña tiene las funciones de tribunal supremo, por iniciativa de los propios Lores.

Las asociaciones pro vida han acogido favorablemente la sentencia. Algunos de sus representantes, informa The Daily Telegraph (19-X-2001), se han manifestado sorprendidos de que Diane Pretty no haya tenido, al parecer, opción de recurrir a lo que -dicen- es la verdadera solución de su caso: los cuidados paliativos. A este propósito, el mismo diario londinense recoge unas declaraciones de George Levvy, director ejecutivo de la Motor Neurone Disease Association, organización de ayuda a los aquejados de esa enfermedad. Los enfermos, señala, no deben tener miedo a una muerte angustiosa por asfixia. «La mayoría de las personas que sufren este mal -aclara- mueren por parada respiratoria, y la muerte suele ser muy tranquila, por lo general durante el sueño. Con los cuidados paliativos adecuados es muy raro que alguien muera por asfixia».

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