España: Nuevo código deontológico para profesionales de la información

publicado
DURACIÓN LECTURA: 2min.

Su aceptación expresa será necesaria para incorporarse al Registro de Periodistas

Un nuevo código deontológico para periodistas ha sido aprobado el pasado 28 de noviembre en Sevilla por la Federación de Asociaciones de la Prensa de España (FAPE). Con este instrumento la FAPE quiere comprometer a sus periodistas asociados a «mantener en el ejercicio de su profesión los principios éticos y deontológicos que le son propios».

Según el primero de los principios enunciados, a partir de ahora la aceptación expresa de este Código deontológico es «condición necesaria» para la inscripción en el Registro Profesional de los Periodistas y las Asociaciones de la Prensa federadas.

El Código tiene seis páginas escasas, con un preámbulo y tres partes: principios generales, estatuto y principios de actuación. En el preámbulo se aclara que el ejercicio de la libertad de expresión está sometido a los límites que impiden la vulneración de otros derechos fundamentales.

Entre los principios generales, «el primer compromiso ético del periodista es el respeto a la verdad», y su correspondiente principio de actuación «llevará siempre a informar sólo sobre hechos de los cuales conozca el origen, sin falsificar documentos ni omitir informaciones esenciales». Deberá fundamentar las informaciones que difunda, contrastar las fuentes y «dar la oportunidad a la persona afectada de ofrecer su propia versión de los hechos».

El Código pide especial cuidado en las informaciones que afectan a personas ingresadas en hospitales, por respeto a su intimidad, y exige que el periodista asuma el principio de presunción de inocencia al informar «sobre temas sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia». Advierte que debe evitarse la «especulación innecesaria» sobre los sentimientos de personas afectadas por el dolor o la aflicción. También recuerda que el periodista «deberá abstenerse de entrevistar, fotografiar o grabar a menores de edad sobre temas relacionados con actividades delictivas o enmarcables en el ámbito de la privacidad» y deberá evitar asimismo cualquier alusión despectiva por motivo de raza, color, religión, origen social o sexo.

Para garantizar la independencia en su profesión, en el capítulo del Estatuto se señala «el derecho y deber de oposición a cualquier intento evidente de monopolio u oligopolio informativo», el derecho a invocar la cláusula de conciencia, el deber de guardar el anonimato de las fuentes que lo pidan justamente y otros principios tradicionales de la profesión.

En los principios de actuación se exige la distinción clara entre publicidad e información, el rechazo de gratificaciones de terceros o la prohibición de usar en favor propio las informaciones privilegiadas obtenidas en el ejercicio profesional, especialmente las que se refiere a asuntos financieros.

Contenido exclusivo para suscriptores de Aceprensa

Estás intentando acceder a una funcionalidad premium.

Si ya eres suscriptor conéctate a tu cuenta. Si aún no lo eres, disfruta de esta y otras ventajas suscribiéndote a Aceprensa.

Funcionalidad exclusiva para suscriptores de Aceprensa

Estás intentando acceder a una funcionalidad premium.

Si ya eres suscriptor conéctate a tu cuenta para poder comentar. Si aún no lo eres, disfruta de esta y otras ventajas suscribiéndote a Aceprensa.