Enseñanza concertada: cuando la demanda no basta

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Varias comunidades autónomas españolas se encuentran en pleno periodo de concesión o renovación de conciertos educativos. Algunas han modificado los criterios, haciendo más difícil acceder o prorrogar las subvenciones. Desde el sector de la concertada se teme que estos cambios sirvan para consagrar las tesis de quienes consideran a esta red no como complementaria de la pública, sino como subsidiaria: necesaria solo en la medida en que “cubra las lagunas” de los centros estatales.

En Andalucía, el proceso de renovación de conciertos se encuentra aún en su primera fase, en que las comisiones provinciales estudian las demandas de los colegios y elevan una propuesta a la Junta, que tiene la decisión final. No obstante, a pesar de que aún no se ha denegado oficialmente ninguna petición, algunas declaraciones hechas por la consejera de Educación, Adelaida de la Calle, han encendido las alarmas entre los colegios concertados. De la Calle ha señalado en varias ocasiones que ningún nuevo colegio se beneficiará de conciertos, y que solo se mantendrán los necesarios para asegurar la escolarización en cada territorio. Esta última condición deja entrever una concepción de la escuela no estatal como subsidiaria y, por tanto, prescindible.

La exigencia de una ratio mínima, aunque prevista por la ley, puede ser utilizada de forma abusiva y discriminatoria por la Administración

Ante las protestas organizadas por varias organizaciones de colegios concertados –en muchos centros se ha leído un manifiesto, y se anuncian movilizaciones en caso de que se produzcan recortes de financiación–, De la Calle ha querido calmar el debate prometiendo que todos los alumnos que actualmente cursan sus estudios en un centro de estas características podrán seguir haciéndolo en el futuro. Sin embargo, esto es compatible con que la Junta elimine la subvención a algunas unidades de los primeros cursos de cada etapa (lo que llevaría a un trasvase de la demanda a aulas públicas) o incluso en cursos superiores, obligando a juntar dos clases.

Necesidades de escolarización versus demanda social

Los temores del sector de la concertada parecen tener fundamento. El único informe emitido hasta ahora por una comisión provincial, la de Jaén, ha recomendado la denegación del concierto a tres unidades, dos de educación infantil y una de la ESO. En la línea de la argumentación hecha por De la Calle, el texto justifica los recortes por la capacidad de las aulas públicas para dar cobertura a una demanda que ha menguado por la baja natalidad. Así, el descenso demográfico se carga únicamente sobre las espaldas de la red concertada.

María Paz Agujetas, secretaria general para Andalucía del sindicato FEUSO, ha criticado en declaraciones a El Mundo que la Comisión Provincial de Jaén haga su recomendación antes siquiera de que se haya abierto el plazo de escolarización en los centros afectados, y por tanto sin poder conocer cuál es la demanda de las familias.

Andalucía no es la única comunidad donde las autoridades educativas están dando prioridad a las “necesidades de escolarización” frente a la demanda social, representada por la voluntad de los padres al escoger colegio para sus hijos. En la Comunidad Valenciana, el conflicto entre el sector de la concertada y la Consejería de Educación viene desde que esta publicó, en mayo del año pasado, el denominado “arreglo escolar”, por el que se pretendía “racionalizar” la oferta educativa y adecuarla a la demanda. En la práctica, el decreto supuso el cierre de varias unidades concertadas.

La demanda de los padres es el mejor termómetro de las verdaderas necesidades educativas

La Mesa por la Educación en Libertad, una asociación constituida para defender el derecho de elección de los padres respecto a la educación de sus hijos, ha mantenido desde entonces una confrontación con la administración educativa. A finales del año pasado, elevó una protesta al Sindic de Greuges (Defensor del Pueblo) de la Comunidad. Este, tras requerir contestación a la Consejería, redactó una recomendación –ya que no dispone de poder legislativo ni judicial– favorable a los argumentos de la Mesa.

Derechos de los padres

Además de criticar las deficiencias y desigualdades en el proceso de aplicación del “arreglo” (mucho más benigno y consensuado en la escuela pública), el texto entraba al asunto de fondo: la ponderación entre la voluntad de la Administración y los derechos de los padres. El Sindic de Greuges reconoce la autoridad de la Consejería para organizar la matriculación, y también la delicada situación de la Hacienda regional, que recomienda la eficiencia en el uso de recursos públicos. Sin embargo, continúa, ninguno de los dos argumentos es suficiente para anular la libertad de elección de las familias. Las verdaderas necesidades educativas las fijan los padres, no el gobierno. El criterio de conceder subvenciones a centros de gestión privada solo cuando las aulas estatales no puedan cubrir la demanda contiene, en el fondo, una amenaza a toda la red concertada, que se podría hacer desaparecer progresivamente a base de abrir nuevas unidades en centros estatales.

Sin embargo, el gobierno no parece dispuesto a cambiar de parecer. El nuevo reglamento para el acceso a los conciertos, publicado a finales de enero, vuelve a señalar la necesidad de plazas como un criterio para subvencionar unidades en Bachillerato y Formación Profesional.

La polémica por los conciertos también ha llegado a otras regiones. En Zaragoza, el pleno del ayuntamiento rechazó a principios de mes una moción presentada por Zaragoza en Común que pedía retirar la subvención a las aulas cuya oferta pueda ser asumida por la enseñanza pública. En Navarra, la portavoz de uno de los partidos que gobiernan en coalición señaló a finales de 2016 que la idea del ejecutivo era “avanzar en la reversión de los conciertos” (eso sí, “de manera realista y no con proclamas ideológicas”), aunque aún no se han producido recortes.

Ratios mínimas

Además de las necesidades de escolarización, el otro reto al que se está enfrentando la enseñanza concertada es la exigencia de una ratio mínima de profesores-alumnos, determinada por la Administración competente, como requisito para recibir la subvención. Esta condición ya está prevista por el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, vigente desde 1985.

Sin embargo, este decreto no aclara qué criterios ha de seguir la administración para fijar esa ratio mínima, aunque señala que se “tendrá en cuenta” la que exista de media en los centros públicos cercanos al colegio concertado. Tampoco explica si para el cálculo se ha de tener en cuenta solo el curso donde se pide subvencionar una unidad o también todos los demás. No obstante, estas condiciones supondrían en cualquier caso que el número de estudiantes por docente siempre será mayor en los centros con conciertos.

En la Comunidad de Madrid, la orden publicada el 30 de diciembre del año pasado establece unas ratios mínimas por aula concertada: un profesor por 18 alumnos en primaria, 1/24 en secundaria, 1/28 en bachillerato y 1/12 en Formación Profesional. En la Comunidad Valenciana, por su parte, el reciente reglamento fija unos valores mínimos para la primera unidad subvencionada, pero solo en los conciertos de etapas postobligatorias. En las anteriores (Primaria y ESO), el criterio seguido será exigir que la ratio sea igual o superior a la de los centros públicos de la zona. La Consejería publicará cada año cuál es esa cifra. Lo mismo sucederá en Extremadura si finalmente se aprueba el documento que el ejecutivo está preparando.

El argumento de las “necesidades de escolarización” deja ver una concepción de la escuela concertada como subsidiaria y prescindible

Aparte de la incertidumbre que provoca esta revisión anual de la ratio (por ejemplo, no es fácil tomar decisiones de contratación o despido de profesores si no se sabe cuántos grupos habrá el año siguiente), desde el sector de la concertada se ha criticado que el requisito de la ratio mínima se aplique solo a esta red, mientras que no afecta a la pública.

La enseñanza diferenciada, en el punto de mira

En otras comunidades, la polémica por la renovación de conciertos se ha centrado fundamentalmente en colegios de educación diferenciada. Aunque varias sentencias en España y otros países han aclarado que este modelo educativo no es discriminatorio mientras ofrezca una formación similar a los dos sexos, en varias comunidades estos centros han estado en el punto de mira político.

El gobierno de Baleares perdió a finales del año pasado el último episodio de una batalla legal para retirar la subvención a dos colegios. Ha tenido que intervenir, de nuevo, el Tribunal Superior de Justicia de la región para aclarar que el criterio de que no hay necesidades de escolarización no se puede utilizar para suplantar la voluntad de las familias respecto a la educación de sus hijos. En Cataluña, durante el año pasado se rechazaron dos mociones parlamentarias (la segunda, por pocos votos) que pedían retirar el concierto a todos los colegios de un solo sexo.

Más recientemente, Susana Díaz, presidenta de la Junta de Andalucía, ha anunciado su intención de no otorgar ninguna unidad subvencionada nueva a centros de educación diferenciada. En 2015, el Tribunal Superior de Justicia de la región ordenó restituir el concierto a varios colegios, pero la consejera de Educación considera que esa sentencia solo obliga a mantener los conciertos ya concedidos, no a ofrecer otros nuevos. “Andalucía aboga por un modelo mixto”, ha señalado, arrogándose una interpretación del sentir común que mejor sería buscar en la demanda de las familias.

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