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Los derechos de conciencia son derechos de primera clase

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El Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) de Estados Unidos ha aprobado unas directrices que mejoran la protección del derecho a la objeción de conciencia en el ámbito sanitario, al exigir que nadie sea discriminado por negarse a participar en prácticas contrarias a sus convicciones.

En la línea de las medidas anunciadas por Donald Trump en 2017, las nuevas directrices reemplazarán a las dictadas por el HHS en 2011, durante la presidencia de Barack Obama. El reglamento –de más de 400 páginas– reúne y desarrolla las disposiciones dispersas en una veintena de leyes federales, aprobadas bajo administraciones de distinto signo y no siempre incorporadas a la práctica médica. Por eso, el HHS cree que la norma servirá para atajar el aumento de conflictos de conciencia producido en los últimos años.

En las democracias liberales, la libertad de conciencia y la libertad religiosa no son derechos de segunda clase

Entre los casos más sonados está el de doce enfermeras que plantaron cara a su supervisor en la Unidad de Cirugía Ambulatoria de la Universidad de Medicina y Odontología de New Jersey, quien pretendía obligarlas a participar en abortos; el de la enfermera Cathy DeCarlo, empleada en un hospital de la ciudad de Nueva York, quien se vio empujada a colaborar en un aborto con la amenaza de que, si se negaba, sería acusada de insubordinación y abandono de la paciente; o el de la matrona Sara Hellwege, rechazada por sus convicciones provida para un puesto de trabajo en un centro médico financiado con fondos públicos en Tampa (Florida).

Otras veces, las presiones han recaído sobre entidades a las que una norma exigía prácticas contrarias a su ideario. El año pasado, el Tribunal Supremo falló en contra de una ley de California que obligaba a centros de atención a las embarazadas –gestionados por organizaciones provida– a hacer publicidad del aborto. Y en sendas decisiones de 2014 y 2016, pidió a la Administración Obama que acomodase el “mandato anticonceptivo” –rebautizado por sus críticos como el “mandato anticonciencia”– a las convicciones de quienes no querían verse obligados a ofrecer la cobertura de anticonceptivos, píldoras con posible efecto abortivo y la esterilización en los seguros médicos de sus empleadas.

Hospitales y universidades libres de coacciones

El reglamento aprobado ahora –que no entrará en vigor hasta 60 días después de que lo publique la Oficina del Registro Federal– ampara a los profesionales sanitarios que no desean intervenir en prácticas contra las que tienen serias objeciones morales, como el aborto, la esterilización o el suicidio asistido. También cubre a los alumnos de las facultades de medicina y a los investigadores de proyectos subvencionados por el HHS.

Esto último es particularmente interesante, pues hoy no es extraño –como explica el propio reglamento– que estudiantes de medicina y enfermería contrarios al aborto y a la eutanasia acaben rechazando especialidades como obstetricia, medicina de familia o geriatría, por temor a que no se respeten sus objeciones. Un ejemplo concreto de discriminación contra estudiantes lo protagonizó una facultad británica cuando exigió como requisito para dedicarse a la planificación familiar, no tener reparos en recetar píldoras abortivas.

Las directrices también protegerán a hospitales y centros de salud frente a leyes como la de California, e incluso a los dueños de aseguradoras que no quieran acabar financiando unos servicios que rechazan. Y a los padres con objeciones a que sus hijos se vean obligados a someterse a determinadas pruebas o tratamientos médicos.

La norma deja claro que los derechos de conciencia no son exclusivos de los creyentes, pues también los no creyentes pueden objetar por razones éticas

Entre otras garantías, la norma prevé la retirada de fondos federales a cualquier centro médico subvencionado con dinero público que no respete los derechos de conciencia de sus empleados. En caso de incumplimiento, las autoridades deben buscar el arreglo pacífico antes de pasar a las sanciones.

Libertad de conciencia para todos

El reglamento no ha gustado a quienes piensan que el de Obama recogía suficientes garantías a la objeción de conciencia. Acusan a Trump de priorizar las creencias religiosas sobre el derecho al aborto y el acceso a otros servicios. De ahí que el fiscal de San Francisco recurriera la norma ante un tribunal federal el mismo día en que Trump la hizo pública, el pasado 2 de mayo.

Pero cabe responder, como en su día hicieron los contrarios al “mandato anticonciencia”, que la Administración Trump no está impidiendo el acceso al aborto con estas garantías: solo está asegurando que quienes no desean realizarlos, no los realicen y den paso a quienes sí están dispuestos a hacerlos. Frente al tópico de que los demócratas siempre están por los derechos de las mujeres, hay que recordar a las mujeres como DeCarlo o Hellwege que, gracias a estas directrices, recuperan su derecho a decidir no implicarse en determinadas prácticas.

Es verdad que la fecha escogida para la presentación en sociedad del reglamento –el Día Nacional de la Oración– ha podido llevar a malentendidos. Pero la norma deja claro que los derechos de conciencia no son exclusivos de los creyentes, pues también los no creyentes pueden objetar por razones éticas.

En vez de una protección especial para un grupo, el HHS está reivindicando el principio de no discriminación para todos. Del mismo modo que un profesional sanitario no debe ser sancionado por razón de su sexo, raza, clase u orientación sexual, tampoco debería serlo por sus convicciones morales o religiosas.

Las nuevas directrices tratan de asegurar el cumplimiento de unas garantías previstas por el Congreso

De ahí que el HHS presente sus directrices como “una norma de derechos civiles”. De esta forma, no solo hace más efectiva la protección de los derechos de conciencia, sino que además envía un poderoso mensaje: en las democracias liberales, la libertad de conciencia y la libertad religiosa no son derechos de segunda clase, que deban ceder ante las pretensiones de quienes creen que solo los míos están discriminados; son “derechos fundamentales protegidos por la Constitución y por numerosas normas federales”, en palabras del reglamento.

Por eso, con la misma claridad con que los obispos católicos se han opuesto a determinados aspectos de la política migratoria de la Administración Trump, ahora elogian estas directrices por tratar de “asegurar que las leyes vigentes que protegen los derechos de conciencia en el ámbito sanitario sean conocidas, aplicadas y cumplidas”. Es un modo equilibrado de situarse ante la presidencia de Trump, que ya siguieron con Obama y que practican intelectuales como Robert P. George: en vez de descalificar en bloque y por principio todas sus medidas –como hacen los críticos acérrimos de ambos–, apoyan las que ven acertadas y denuncian las que consideran erróneas.

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