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Internet para todos

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Análisis

La distribución de música y, sobre todo, películas por Internet es un mercado incipiente y prometedor (ver servicio 159/02)… que exige un acceso de gran capacidad a la red. Y esto no está al alcance de todos los ciudadanos. En la Unión Europea, sin embargo, ya es ley que cualquier persona tenga la posibilidad de conectarse a Internet a velocidad suficiente y a precio asequible.

Una directiva comunitaria aprobada el año pasado (2002/22/CE) amplía la noción de servicio universal de telecomunicaciones para dar cabida a nuevas posibilidades que permite la banda ancha. El servicio universal, según la directiva sobre interconexión de 1997, es el conjunto de prestaciones con una calidad especificada que ha de estar a disposición de todos los usuarios en el territorio de un Estado, a precio asequible. El contenido concreto del paquete universal de servicios puede variar según las peculiares circunstancias nacionales, pero ha de incluir, entre otros, las llamadas por teléfono fijo y la transmisión de fax, según la directiva de 1997.

El concepto de servicio universal es dinámico y evolutivo, pues debe ser revisado en función de las innovaciones tecnológicas y la demanda misma del público, así como de consideraciones sociales y económicas (ver servicio 24/00). La nueva directiva responde a todo ello. Sin embargo, no impone una velocidad mínima de conexión a Internet ni determinados medios técnicos para lograr el acceso universal a la red. Según las condiciones de la población y del territorio propios, los Estados pueden definir un ancho de banda exigible y pueden adoptar las tecnologías más adecuadas a su caso, tanto de cable como inalámbricas.

La «aldea global» y las aldeas

La posibilidad de conectarse a Internet en las condiciones propias del servicio universal existe ya para buena parte de los habitantes de las ciudades. Pero Internet, que supuestamente ha hecho del mundo una «aldea global», no llega a las aldeas. La nueva directiva obliga a que esté accesible a toda la población, incluida la de zonas remotas o con falta de infraestructuras, donde en principio no sería rentable prestar servicios de banda más ancha que la requerida por la telefonía fija. Por ejemplo, en España, la Ley General de Telecomunicaciones (1998) establece que en cualquier lugar del país debe ofrecerse una conexión telefónica que permita hacer y recibir llamadas nacionales e internacionales de voz, fax y datos a una velocidad de 2.400 bits por segundo (bps), del todo insuficiente para usar Internet. La nueva Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), en vigor desde octubre pasado, traspone a la legislación española la reciente directiva comunitaria: por tanto, obliga a extender Internet a todo el territorio.

Como otros países, España ha garantizado el servicio de teléfono fijo en zonas adonde no llegan los cables mediante conexiones por radio. La llamada telefonía rural de acceso celular (TRAC) emplea una tecnología implantada para la red de telefonía móvil analógica y aprovecha la menor necesidad de frecuencias para móviles en los ámbitos rurales. Pero la TRAC no permite conectarse a Internet, pues va a 2.400 bps, velocidad muy inferior a los 56.400 bps que consiguen la mayoría de los usuarios urbanos. Y la LSSI impone que desde todos los lugares hoy cubiertos por la TRAC se pueda acceder a Internet con prestaciones similares a las que ofrece el par de cobre.

Esto obligará a sustituir la TRAC por otro sistema antes de que termine el año 2004, según el calendario previsto por la ley. La tecnología más idónea en estos momentos en cuanto a rapidez de implantación y relación coste-prestaciones es el llamado LMDS, que conecta a la red telefónica mediante señal digital de radio. Pero también se podría emplear el acceso a través de satélite o mediante la red eléctrica de baja tensión.

El cambio de sistema exigirá fuertes inversiones a los operadores, que habrán de contar con subvenciones públicas. Así se ha hecho en Estados Unidos, el país pionero en la definición y el desarrollo del servicio universal de telecomunicaciones. Allí, en virtud de la Ley de Telecomunicaciones (1996), se creó el Fondo Federal de Servicio Universal para financiar la extensión de las prestaciones mínimas a todo el país. Entre otras cosas, el Fondo concede ayudas económicas a las compañías que dan servicios de telecomunicaciones en zonas donde el coste es elevado y los clientes poco numerosos. También se subvenciona la conexión telefónica a los usuarios de ingresos bajos: por ejemplo, el Fondo costea la mitad del cargo inicial por alta en el servicio y proporciona incentivos para que las compañías telefónicas tengan planes de pago diferido del consumo. También existe un programa que permite a las escuelas y bibliotecas del país acceder a la gran variedad de recursos educativos disponibles mediante la red de telecomunicaciones. Sólo con medidas políticas como estas los servicios que facilita Internet estarán realmente al alcance de todos.

Raúl Mayoral Benito

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