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El informe del Gran Jurado de Pensilvania, sometido a criba

Fuente: Commonweal
publicado
DURACIÓN LECTURA: 3min.

 

Cuando el pasado agosto se publicó el informe del Gran Jurado de Pensilvania sobre abusos sexuales a menores en las siete diócesis del estado, la mayor parte de las informaciones se basaron solo en las doce páginas de la introducción (de un total de 1.356 páginas) y en la narración de algunos casos repugnantes. Ahora la revista Commonweal ha publicado un detallado artículo de su exdirector Peter Steinfels, que criba el informe y muestra sus inexactitudes y limitaciones.

 

Steinfels recuerda que el Gran Jurado es una institución dirigida por el fiscal, que opera a puerta cerrada y sin escuchar a la defensa, y cuya función no es determinar la culpabilidad o inocencia de los acusados, sino ver si hay suficientes motivos para iniciar un proceso (ver Aceprensa, 23-08-2018). En el informe del Gran Jurado de Pensilvania, dice Steinfels, se hacen dos tipos de acusaciones: una, “terriblemente cierta”, contra los clérigos abusadores y otra, “inexacta e injusta”, de que “todas las víctimas han sido ignoradas en todos los sitios por los líderes de la Iglesia, que han preferido proteger a los abusadores y a la institución”.

Steinfels reprocha el enfoque “binario” del informe, o sea, la idea de que, por ejemplo, si no admites que todas las víctimas han sido ignoradas estás diciendo que ninguna víctima lo ha sido. Steinfels cree que el Gran Jurado habría podido obtener resultados precisos e instructivos sobre lo que han hecho los diversos obispos en las distintas diócesis a lo largo de varios decenios, en vez de hacer generalizaciones englobando todas las situaciones en la misma explicación.

Commonweal critica que en el informe “no hay referencias numéricas. No se calcula por ejemplo cuántos sacerdotes han prestado sus servicios en las seis diócesis desde 1945, cifra que podría servir para verificar o poner en duda precedentes estimaciones sobre la prevalencia de los abusos sexuales entre el clero. No hay ningún empeño por detectar tendencias estadísticas sobre la edad de los abusadores, la evolución del número de abusos en el curso del tiempo, las iniciativas de la autoridad civil o los cambios en la respuesta de la Iglesia. Tampoco se hacen comparaciones con otras instituciones”. En cambio, “el informe trata los siete decenios de 1945 a hoy como un solo bloque”.

En cuanto a la respuesta de la Iglesia, Steinfels reprocha al informe del fiscal que no distinga entre lo que se hizo en una diócesis y en otra, entre el comportamiento de un obispo y de otro. “¿Por qué un informe tan largo y elaborado trata a todos los obispos de todas las diócesis en los siete decenios del mismo modo? ¿Por qué dedica 800 páginas a detallar actos sexuales y solo una decena a un análisis más preciso de los resultados?”, se pregunta el autor del artículo. A su juicio, el verdadero motivo tiene que ver con una de las cuatro recomendaciones finales del informe: la de anular la prescripción de los delitos de abusos, de modo que en caso de demanda no pagarían los verdaderos abusadores, que están muertos o no tienen propiedades, sino católicos actuales que no tienen nada que ver con ellos, lo que provocaría bancarrotas de las diócesis por delitos de hace muchos años.

Commonweal recuerda el valor de la “Carta de Dallas”, aprobada en 2002 por la Conferencia Episcopal de EE.UU. cuando saltó el escándalo en Boston, y todas las medidas tomadas en el curso de los últimos quince años, las investigaciones sobre abusos del pasado, la suspensión de sacerdotes abusadores, el diálogo y asistencia a las víctimas, los cursos en los seminarios sobre la prevención en el caso del trabajo con niños… una evolución que el informe del Gran Jurado ignora. La Carta de Dallas “está funcionando”, dice Steinfels. En cambio, el Gran Jurado “no demuestra la sensacional acusación contenida en su introducción, es decir, que durante siete décadas las autoridades de la Iglesia han ignorado sistemáticamente a las víctimas y no han hecho absolutamente nada ante estos horribles delitos, excepto ocultarlos”.

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