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Se puede exigir a las bibliotecas que filtren Internet

publicado
DURACIÓN LECTURA: 1min.

Sentencia del Tribunal Supremo de EE.UU.
Es constitucional imponer esa condición a las bibliotecas que reciben financiación pública

El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha decidido, por 6 votos a favor y 3 en contra, que la Children’s Internet Protection Act (CIPA) no impone restricciones inconstitucionales a la bibliotecas y que se trata del ejercicio legítimo del poder de gasto del Congreso. Las bibliotecas que reciben fondos públicos deberán filtrar los contenidos pornográficos o perjudiciales para los menores.

Ese «poder de gasto» del Congreso se materializó con la aprobación de la CIPA en 2000. El texto dice que las bibliotecas públicas que reciben subvenciones para ofrecer acceso a Internet a los usuarios deben instalar programas de filtrado en los ordenadores. Si no desean filtrar, están en su derecho, pero no recibirán fondos públicos.

Uno de los objetivos es evitar que los menores accedan a contenidos perjudiciales en las bibliotecas. De hecho, los adultos pueden solicitar a los responsables de las bibliotecas que desconecten los filtros. Desde su aprobación hasta junio de 2002, las bibliotecas han recibido 59 millones de dólares para instalar el acceso a Internet, además de 149 millones más en concepto de ayudas para pagar otros productos informáticos, como servicios de información o programas educativos. En algunos casos, estas ayudas representan el 90% de sus ingresos. En la actualidad, más del 95% de las bibliotecas públicas tienen conexión a Internet; y se estima que el 10% de los estadounidenses que alguna vez consultan Internet lo hacen en las bibliotecas.

Hace algunos meses, un grupo de bibliotecarios presentó una demanda de inconstitucionalidad, puesto que entendían que la CIPA atentaba contra la libertad de expresión garantizada por la Primera Enmienda. Un tribunal federal inferior les dio la razón. Sin embargo, una disposión especial de la CIPA obligó al Tribunal Supremo a decir la última palabra. El 23 de junio pasado, el Tribunal decidió que el filtrado solo se exige a las bibliotecas que reciben fondos públicos para financiar la conexión a Internet, de manera que no puede hablarse de restricción inconstitucional: «La Primera Enmienda protege la libertad de expresión, pero no garantiza el acceso sin trabas a la pornografía», dice la sentencia.

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