Rusia levanta restricciones a España en materia de adopción

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Los gobiernos de España y Rusia han firmado un convenio que desbloqueará más de 600 procesos de adopción de niños rusos por matrimonios heterosexuales españoles, los cuales vieron paralizadas las adopciones en trámite un año atrás, cuando Moscú determinó frenar los procesos que vinieran de países que reconocen el “matrimonio” entre personas del mismo sexo, como España.

El texto, que será remitido a los respectivos parlamentos nacionales antes de su aprobación definitiva, establece claramente como condición indispensable que los menores no pueden ser acogidos por parejas homosexuales o personas solteras, y otorga a las autoridades rusas la posibilidad de solicitar informes sobre la situación en España de los niños adoptados, con independencia de la fecha en que lo hayan sido.

Una vez revisado el contenido de tales informes, si se observara alguna anomalía, Rusia podría pedir a España que reubique al niño en otro entorno familiar, lo que se analizaría caso por caso y de acuerdo con la legislación española. Las autoridades del país receptor deberán, además, garantizar que el niño sea inscrito en la Matrícula Consular del Consulado de la Federación Rusa que corresponda por su domicilio. Si el menor desea renunciar a su ciudadanía original, deberá hacerlo explícitamente a los 18 años. En caso contrario, Moscú seguirá considerándolo ciudadano ruso, sin perjuicio de que posea también la ciudadanía española.

Según Europa Press, desde 1999, unos 12.000 menores rusos han sido acogidos por familias españolas. Junto con España, EE.UU. e Italia constituyen los principales destinos de adopción.

Datos registrados en la web del Ministerio de Sanidad, a partir de los informes enviados por los consulados españoles, cifran en 13.295 el número de menores acogidos entre 2008 y 2012 por medio de procesos de adopción internacional. En ese período, los principales países de origen de los niños han sido Rusia (3.759), China (2.900) y Etiopía (2.602). De estos tres países procedían en 2012 el 73,5% de los niños adoptados por familias españolas.

Una norma común a estos tres países es que solo las parejas heterosexuales pueden acceder a la adopción, China establece que sean matrimonios con al menos dos años de formalizados, que ambos cónyuges sean mayores de 30, aunque menores de 50; que estén sanos, y que garanticen un ingreso anual de 7.300 euros por persona de la familia.

Rusia y Etiopía, por su parte, sitúan la edad de los cónyuges en al menos los 25 años. En el caso del gigante euroasiático, además, los aspirantes a progenitores no pueden padecer minusvalías, ni haber padecido ninguna variante de enfermedad oncológica.

El convenio hispano-ruso, que supone un respiro de alivio a cientos de parejas heterosexuales inmersas ya en el proceso de adopción, ha encontrado la previsible resistencia de la Confederación LGTB, que según el diario El Mundo ha acusado al Gobierno de “claudicar” ante el ejecutivo ruso, por haber aceptado un acuerdo que deja fuera a las familias homosexuales y monoparentales, lo que supone “una clara discriminación para estas personas”.

La realidad, sin embargo, es que, más que de “claudicación”, hay que hablar de la primacía del derecho del país de origen. “La mayoría de los países —explica Carmen Cano, directora de la agencia de adopciones Créixer Junts (Crecer Juntos)—, salvo Brasil, impiden la adopción a parejas homosexuales o familias monoparentales. (…) Es lógico que se respete la legislación del país de origen, y que este lo exija”.

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