Presiones para que se permita la maternidad de alquiler en España

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En coincidencia con la constitución en España de una comisión oficial para revisar la ley de 1988 sobre técnicas de reproducción asistida, se ha promovido un debate en torno a la prohibición de la maternidad de alquiler. La ley española, primera del mundo, es en general permisiva, pero prohíbe expresamente todo «contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna» en favor de otra. En España, la madre es quien da a luz, con independencia del origen de los gametos. Casi todos los demás países prohíben también el alquiler de úteros.

Pero algunas clínicas españolas que practican la FIVET han empleado este procedimiento, con el concurso de mujeres contratadas en California, donde está permitido, y falseando los datos de los partos, para que los niños sean declarados en España hijos de los clientes. Y ahora han promovido un debate para intentar que se reforme la ley. Aducen que la sociedad y la ciencia van más de prisa que el derecho; y que mientras haya que desplazarse a otros países para convenir el contrato, sólo podrán acceder a este procedimiento las mujeres ricas.

Esos argumentos no tienen en cuenta los conflictos que a menudo provoca la maternidad de alquiler en los lugares donde se practica. Precisamente en estos días se han conocido algunos casos. En los Países Bajos se discute el de Karen Roche, una inglesa que se niega a entregar el niño que gestó por cuenta de una pareja holandesa. René Hoksbergen, catedrático de Adopción de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Utrecht, se hace algunas preguntas en NRC Handelsblad (3-XI-97), a propósito de ese hecho. ¿Cómo se sentirá este niño cuando sepa que primero fue concebido para una familia holandesa, que más tarde su madre de alquiler dijo a los holandeses que había abortado por «diferencias irreconciliables con ellos», que lo del aborto era falso, que llegó a un acuerdo para darlo a una pareja británica que quería evitar un posible aborto, que ahora -después del parto- se queda con él y que su padre biológico es un holandés que estaba dispuesto a pagar por él?

Y el hijo, en el futuro, continúa el profesor, «¿no sufrirá un problema de identidad? A la manera de una mercancía portátil, ha sido primero implantado en un útero y después devuelto a los padres que habían contratado el pedido».

La experiencia enseña que, donde se autoriza el alquiler de úteros, en muchos casos la ley no consigue proteger los intereses de todas las partes, incluidos los del futuro hijo, en caso de conflicto. Recientemente, un juez californiano ha declarado huérfana a una niña de dos años en cuyo nacimiento había cinco implicados: los dos donantes de gametos, la madre subrogada y la pareja contratante. Como los que hicieron el encargo se divorciaron antes de que la niña naciera, el juez determinó que nunca habían sido sus padres legales. La niña está bajo la custodia de la «madre contratante», pero legalmente es huérfana.

Comentando este caso, el profesor Axel Kahn, genetista y miembro del Comité nacional de ética francés, escribía en Le Monde (16-XI-97): «Esta historia muestra que ha surgido un nuevo modo de apropiación del hijo por los padres: haberlo concebido con ‘sus’ óvulos y ‘sus’ espermatozoides… puesto que uno los ha comprado; haber permitido su desarrollo en ‘su’ útero, puesto que uno lo ha alquilado. Cuando uno tiene el dinero, ¿es realmente indispensable tener lo demás? Pero, a veces, las cosas tradicionales de la vida reaparecen, el mecanismo se encasquilla, y queda una niña, hija de nadie, que tendría muchas cuentas que pedir».

En España, el intento de autorizar la maternidad de alquiler no cuenta con el favor del principal promotor de la ley de 1988, el ginecólogo Marcelo Palacios, que entonces era parlamentario socialista. «Me molesta -ha declarado Palacios- que se compre el cuerpo de la mujer por razones de prevalencia intelectual o económica. Quien alquila un útero suele disponer de más dinero y capacidad intelectual que la mujer que se ofrece para gestarlo».

En cuanto a los casos de madres que no quieren desprenderse del hijo que han gestado, Palacios dice: «No me extrañaría nada que una mujer que ha tenido un hijo en sus entrañas acabe sintiendo la responsabilidad de la maternidad, por mucho contrato que haya firmado. No es meter un embrión y que salga a las seis semanas como en algunos animales… Son nueve meses, día a día, con sus problemas, con su verlo crecer… La mujer no es una cosa, es una persona».

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