Píldora del día siguiente y ética médica

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Afinales de marzo se aprobó en España la comercialización de la «píldora del día siguiente» (otros países han hecho lo mismo recientemente). Con este motivo, el Dr. Gonzalo Herranz (Departamento de Humanidades Biomédicas de la Universidad de Navarra) examina las cuestiones de ética médica que plantea este anticonceptivo (Diario Médico, 4 y 5 abril 2001).

La píldora del día siguiente, explica el Dr. Herranz, tiene efectos de dos tipos: «unos contraceptivos porque inhiben a la fecundación; otros, en cambio, operan después de ésta y han de ser tenidos como interceptivos o abortivos muy precoces». Se conoce el resultado final: con qué frecuencia la píldora impide el embarazo. Pero no se han hecho estudios que permitan saber en qué condiciones es anticonceptiva y en cuáles otras abortiva. «Sorprende que una cosa así ocurra en el tiempo de la medicina basada en pruebas, tiempo en que, en farmacología clínica, se hila muy fino y no están bien vistas ni la ignorancia ni la indeterminación. Disponemos sólo de estimaciones indirectas, aunque relativamente fiables, que permiten concluir que, aun dada a tiempo, la píldora del día siguiente no inhibe la ovulación siempre».

«Una situación así obliga a actuar en la duda, con menos datos de los necesarios, lo cual crea conflictos. Con razón, quienes profesan un respeto profundo a todos los seres humanos sin excepción, estiman que jamás uno de ellos puede ser expuesto al riesgo próximo de ser destruido, aunque este riesgo no esté cuantificado». Por tanto, «el médico que profesa un profundo respeto a la vida y que no ignora el efecto antinidatorio de la píldora del día siguiente rehusará prescribirla». No será necesario que el médico alegue objeción de conciencia, a la vista de los términos en que se ha autorizado la píldora en España.

El otro asunto que examina el Dr. Herranz con respecto a la prescripción de la píldora es la obligación, por parte del médico, de informar de los efectos a la paciente. Aunque el médico admitiera el uso de la píldora, «dado que hay pruebas que sostienen que la píldora del día siguiente ejerce un efecto antinidatorio y siendo imposible que el médico sepa de antemano si la mujer que le consulta objetará o no a su empleo, no se puede sostener que sea buena práctica médica privar a la mujer de la información imprescindible para que ella preste su autorización».

El Dr. Herranz puntualiza que «la situación definida como contracepción de urgencia no exime de ese diálogo singular y libre de prejuicios entre el médico y la mujer»: no se cuenta entre «el pequeño número de situaciones de urgencia extremada en las que puede prescindirse del consentimiento informado».

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