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En el conflicto se plantea si es injusta cualquier discriminación basada en la tendencia sexual

publicado
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La intención de Bill Clinton de levantar la prohibición para que los homosexuales entren en el Ejército le ha creado el primer enfrentamiento serio con el Pentágono, el Congreso y una buena parte de la opinión pública. Pues aunque en la sociedad norteamericana haya aumentado la tolerancia hacia la homosexualidad, las encuestas revelan que son mayoría los que están en contra de esta medida.

La actual política del Pentágono, adoptada en 1982, establece que «la homosexualidad es incompatible con el servicio militar» y ordena la expulsión de los militares involucrados en actos homosexuales o que revelen su orientación homosexual. El año pasado, 700 personas fueron despedidas por este motivo del Ejército, que está formado exclusivamente por profesionales.

La iniciativa de Clinton se inscribe dentro de la corriente que considera injusta cualquier discriminación basada en la tendencia sexual. Desde este punto de vista, los homosexuales son una minoría cuyos derechos no están siendo respetados.

Un enfoque distinto es el de los que consideran que si bien los homosexuales tienen derechos en cuanto personas, la homosexualidad no es fuente de derechos. Esta es la postura adoptada en un documento publicado el pasado mes de julio por la Congregación para la Doctrina de la Fe, que daba algunos criterios ante iniciativas legales sobre la no discriminación de los homosexuales (cfr. servicio 108/92).

El documento subraya que «la tendencia sexual no constituye una cualidad comparable a la raza, al origen étnico, etc., respecto a la no discriminación. A diferencia de éstos, la tendencia homosexual es un desorden objetivo». Por eso, «existen ámbitos donde no es una injusta discriminación tener en cuenta la tendencia sexual; por ejemplo, en la entrega de los niños en adopción o custodia, en la contratación de profesores o entrenadores de educación física, en el servicio militar».

Al hablar de los derechos de los homosexuales hace una distinción: «Las personas homosexuales, en cuanto personas humanas, tienen los mismos derechos que todas las demás, incluido el derecho a no ser tratadas de una manera que ofenda su dignidad personal. Entre otros derechos, tienen derecho al trabajo, a la vivienda, etc. Sin embargo, estos derechos no son absolutos. Pueden ser legítimamente limitados a causa de un comportamiento externo objetivamente desordenado». Se distingue así entre la tendencia de la persona homosexual y los actos por los que puede manifestarse públicamente esa tendencia.

El documento aduce otra razón por la que la homosexualidad no puede ser parangonable a otras peculiariedades de la persona a efectos de la no discriminación: «La tendencia sexual de un individuo no suele ser conocida por los demás a menos que él se identifique así públicamente o la manifieste por algún comportamiento externo. En general, la mayoría de las personas con tendencia homosexual que tratan de llevar una vida casta no hace pública su tendencia sexual. En consecuencia, el problema de la discriminación en el empleo, en la vivienda, etc., normalmente no se plantea».

Este criterio podría llevar a que no se investigaran las tendencias sexuales de los aspirantes al Ejército, mientras no hubiera un comportamiento externo objetivamente desordenado. Pero los activistas homosexuales, que obviamente no consideran desordenada su conducta, lo que piden es la legalización de la homosexualidad pública en el Ejército.

Por su parte, a los mandos militares les preocupan las posibles repercusiones en la disciplina y en la eficacia del Ejército. Pues son ellos los que tendrán que lidiar con los problemas prácticos que puede plantear este asunto en la vida militar, donde la convivencia es tan estrecha.

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