·

El pañuelo islámico, motivo de polémica en la escuela europea

publicado
DURACIÓN LECTURA: 3min.

El pañuelo islámico (hiyab) sigue dando quebraderos de cabeza a los gobiernos y tribunales de algunos países europeos. En Alemania, el Tribunal Constitucional ha reconocido que las profesoras musulmanas pueden dar clase con el pañuelo que cubre la cabeza, mientras que los Estados federados no lo prohíban por ley. En Francia, dos alumnas han sido excluidas provisionalmente del instituto por llevar el pañuelo, mientras los políticos discuten si es preciso legislar o no al respecto.

La sentencia del Tribunal Constitucional alemán resuelve el caso de Ferestha Ludin, una profesora de origen afgano nacionalizada alemana, a la que el Estado de Baden-Württemberg se negó a emplear porque ella insistía por motivos religiosos en dar clase con el pañuelo puesto. La sentencia revoca las decisiones de tribunales inferiores que habían dado la razón al Estado.

Según la sentencia, el Estado de Baden-Württemberg no respetó la libertad religiosa de la profesora. Por cinco votos contra tres, el Tribunal estimó que la legislación vigente no prohíbe el pañuelo islámico en la escuela. Pero el Tribunal deja abierta la posibilidad de que los Estados federados legislen sobre el tema y, si lo estiman conveniente, puedan prohibir el uso del pañuelo a las profesoras.

En el razonamiento de la sentencia, el Tribunal, con sede en Karlsruhe, dice que los alumnos pueden verse influidos por la indumentaria religiosa de un profesor. De ahí que los Estados federados puedan valorar ese peligro y decidir legislar para impedirlo. En definitiva, se trata de encontrar el debido equilibrio entre el ejercicio de la libertad religiosa y la obligada neutralidad de un funcionario público.

En Alemania, donde viven 3,2 millones de musulmanes, la educación es competencia de los Estados federados. Los tres jueces opuestos al fallo estimaron que el Tribunal Constitucional debería haberse pronunciado sobre el fondo de la cuestión, en lugar de remitirse a la legislación de los Estados.

En Francia la cuestión del pañuelo islámico ha vuelto a los titulares de prensa por el hecho de que dos hermanas, de 18 y 16 años, alumnas de un instituto de la periferia de París, han sido expulsadas provisionalmente por utilizar el pañuelo islámico en el colegio. La dirección del centro les acusa de llevar «un signo religioso de carácter ostentoso».

Una decisión del Consejo de Estado en 1989 estableció que la exteriorización de signos religiosos por los alumnos no es de por sí incompatible con el principio de laicidad, a condición de que no perturben las actividades docentes ni «por su carácter ostentoso constituyan un acto de presión, de provocación o de propaganda». La interpretación de este criterio ha provocado decisiones variadas en los centros, a veces con expulsiones de alumnas, decisiones recurridas ante los tribunales, que por lo general anulan las exclusiones.

En posteriores sentencias, el Consejo de Estado ilegalizó en 1994 los reglamentos internos de las escuelas que establecían una prohibición absoluta de todo signo religioso. En 1995 reafirmaba que el pañuelo islámico no es por sí mismo una ostentación de signos religiosos: depende de las circunstancias, que las autoridades académicas deben valorar en cada caso. En 1994 el ministro de Educación nombró una mediadora para solventar los casos en que el pañuelo islámico es motivo de discordia en la escuela. Según sus declaraciones, no hay más de unos 150 casos al año.

La necesidad de legislar sobre este tema divide a la mayoría gubernamental y a la oposición, y al mismo gobierno. En la Asamblea Nacional se han presentado cuatro proposiciones de ley (tres de diputados de la mayoría y una de la oposición) para prohibir el uso ostentoso de signos religiosos en las escuelas públicas y en la administración. Algunos ministros se inclinan por hacer una ley; en cambio, el ministro del Interior, Nicolas Sarkozy, y el de Educación, Luc Ferry, piensan que promulgar una ley tendría más inconvenientes jurídicos y políticos que remitirse a la jurisprudencia elaborada por el Consejo de Estado desde 1989. A su juicio, votar una ley correría el riesgo de despertar una polémica generalizada sobre los signos religiosos en las escuelas.

Contenido exclusivo para suscriptores de Aceprensa

Estás intentando acceder a una funcionalidad premium.

Si ya eres suscriptor conéctate a tu cuenta. Si aún no lo eres, disfruta de esta y otras ventajas suscribiéndote a Aceprensa.

Funcionalidad exclusiva para suscriptores de Aceprensa

Estás intentando acceder a una funcionalidad premium.

Si ya eres suscriptor conéctate a tu cuenta para poder comentar. Si aún no lo eres, disfruta de esta y otras ventajas suscribiéndote a Aceprensa.