El proyecto de ley del aborto consagra la libre disposición de la mujer sobre el feto

Aborto: una reforma extremista

La reforma de la ley del aborto adoptada por el gobierno español se presenta como una “solución moderada” y adecuada a lo que es normal en el entorno europeo. Pero con el reconocimiento del aborto como un derecho de la mujer, deja de haber una ponderación entre la libertad de la madre y la protección de la vida del feto, y se abre la puerta a prácticas nada normales, como la posibilidad del aborto en función del sexo o el aborto por motivos eugenésicos.

Para avalar la ley de 1985, el Tribunal Constitucional estableció una ponderación entre los derechos de la mujer y el bien jurídico de la vida del feto, sin que ninguno de los dos tuviera primacía absoluta. Esta condición desaparece.

De delito a derecho

El auténtico cambio conceptual del proyecto es que si en la ley vigente el aborto es un delito, menos en una serie de indicaciones supuestamente excepcionales, ahora pasaría a convertirse en un derecho jurídicamente exigible y con financiación pública. En vez de la situación actual, en la que en un 97% de los casos se invoca el subterfugio de riesgo para la salud psíquica de la madre, habría una ley de plazos. Durante las primeras 14 semanas del embarazo, la mujer podría abortar sin necesidad de dar explicaciones ni necesitar autorización de nadie.